Ferias

Iberflora – Próximas Ferias en las que estará presente el Colegio

Afortunadamente y después del larguísimo periodo de suspensión de eventos, comienzan los certámenes en FERIA VALENCIA  a celebrarse.

Teníamos ganas y necesidad de estar presentes en ellas y por ello estuvimos presentes en IBERFLORA, la primera feria en abrir este nuevo y normalizado periodo. El Colegio estuvo presente en nuestro stand, ofreciendo como siempre los servicios de ayuda, asesoramiento y asistencia a nuestros Colegiados y a bastantes Empresas que vinieron en búsqueda de los servicios de un Agente Comercial.

La exposición resultó brillante pues además de que se exponen  productos y muestras muy bonitas, estaba sita en el pabellón más alto de FERIA VALENCIA y con la presencia de la amplias claraboyas donde las flores, árboles y demás lucían sobre manera.

Nuestro equipo de Ferias, ya se ha puesto en marcha, te esperamos en Noviembre en GASTRONOMA, que apunta a romper todos los récords en esta Edición. La hostelería, la restauración y todos los servicios que las acompañan estarán presentes en ella.

Además del placer de poder degustar los productos allí expuestos, se trata de un sector que acoge a el 10% aproximadamente de nuestros Agentes Comerciales que desarrollan su actividad en este o en sectores cercanos.

Buen entrenamiento, el de estas dos ferias para acceder a la vuelta de las próximas y cercanas Navidades al gran evento de CEVISAMA. El mayor certamen de Feria Valencia y uno de las principales a nivel mundial !!!

Te esperamos en Feria!!!

 

Internacionalización

Sirha Lyon

Sirha Lyon es una Feria de referencia mundial en el sector de Restauración y Hostelería que se celebró del 23 al 27 de septiembre de 2021 en Eurexpo (Lyon, Francia).

Gracias al Acuerdo de Colaboración firmado por la IUCAB y Sirha Lyon, el Colegio, como miembro de la IUCAB a traves del CGAC consiguió entradas gratuitas para sus Colegiados.

El lunes 27 de septiembre de 2021, tras 5 días de fructífera actividad, Sirha Lyon clausuró su vigésima edición, primer Encuentro Profesional de todos los participantes de los servicios alimentarios, de la restauración y de la alimentación.

Esta Edición de recuperación ha superado todas sus expectativas, ha sido una Edición histórica marcada por primera vez, por la presencia de un  Presidente de la República Francesa, Emmanuel Macron, que estuvo el último día del Salón para encontrarse con los profesionales de la gastronomía y demás actividades relacionadas con la alimentación y expresarles su solidaridad.

Este Gran Encuentro ha servido para el relanzamiento de los mercados de Restauración y Hostelería. La Muestra reunió a 2.000 expositores y marcas que acompañaron a la recuperación de un sector estratégico.

Cultura, Actos Sociales y Colegiales: Mayores

Excursión a Cinctorres y Forcall

El ser mayor tiene muchas ventajas, y entre ellas como es mi caso, pertenecer al grupo de mayores del Colegio.

La organización del grupo tiene entre otras actividades el realizar una excursión mensual para visitar sitios interesantes y deleitarnos de nuestra excelente comida tradicional, y sobre todo disfrutar de la mutua compañía.

El martes 21 de septiembre, nuestro maestro organizador Vicente Calatayud, proyectó perfectamente la excursión al Santuario la Virgen de la Balma.

A la 08:30 salida de Valencia y parada en Cabanes para recogernos a mí y a mi mujer Soledad.

Visita del Arco Romano de Cabanes que data del Siglo II a, d, C. junto a la Vía Agusta. Su origen según la leyenda se construyó para conmemorar la victoria del Capitán Lucio Mario contra los Cartagineses. Está situado a 2 km de la Villa de Cabanes.

Es monumento Nacional desde 3 de Junio de 1931.

A continuación, ¡¡Almuerzo¡¡ en els Rosildos ( Rte. Hermanos Sales). Bocata de atún con aceitunas, panceta a la brasa, jamón con tomate y regado de buen vino y cafés.

Siguiendo por Ares del Maestre, Morella y Zorita, llegamos al Santuario de la Virgen de la Balma. Se encuentra en la izquierda del Rio Bergante, enclave singular. El edificio religioso data del siglo XVI y XVIII, que está excavado en el interior de una gran roca. Donde se venera la Virgen de la Balma. Es un centro de peregrinación para solicitar curaciones contra “Els Malignes”. Junto a este hay una hostelería.

Luego de nuestras oraciones, recrearnos con el paisaje y hacernos unas bonitas fotos para el recuerdo, seguimos la ruta hasta Forcall.

Paseamos por sus típicas calles, viendo sus casas de piedra, plaza Mayor y el Palacio de Oset, hoy reconvertido en un agradable hotel.

Ya en Cintorres, nos esperaba el “menú de cullera” en el Rte. el Faixero, excelente comida casera y ambiente de primera.

Por la tarde recorrimos calles y rincones típicos, así como la Iglesia de San Pedro con sus dos torres gemelas, hasta llegar al museo Etnográfico de la Faixa en la actualidad según nos comentó la guía, hay industrias familiares de fabricación de faja.

Continuamos visitando el museo de dinosaurios.

Concluimos el dia con la satisfacción de haberlo pasado muy bien, llegando al anochecer a Valencia.

Javier Tomás, Colegiado de COACValencia

Inauguración Club Mayores

El viernes 15 de octubre tuvimos la oportunidad en el Colegio de inaugurar el Club de Mayores.

Se ha dotado al Club de unas instalaciones junto al Salón de Actos, para que nuestros Agentes Comerciales jubilados o eméritos, simplemente se encuentren como en su casa.

Es de justicia, que aquellos que han contribuido y contribuyen a hacer de nuestro Colegio una entidad grande y con fortaleza y que también, una vez más nos dan una lección y un legado enorme, se vean reconocidos en nuestra casa común.

Debemos de aprender mucho de ellos y reflejar en la Instituciones como la nuestra, ese compromiso por la permanencia, la fidelidad y la fortaleza que nos transmiten.

Las instalaciones se van a provechar, además, para actividades de Cine Fórum, actividades lúdicas como dominó, parchís o ajedrez y experiencias gastronómicas entre otras. Así mismo será la Sede y el Casal de nuestros Mayores dentro del Colegio.

Te esperamos en tu Club, al que todos llegaremos!!

Próxima excursión a Serra

Siguiendo con las excursiones programadas, mañana, martes 19 de octubre iremos a Serra, en pleno parque natural de la Sierra Calderona, nos asomaremos al mirador del Garbí y daremos un paseo con parada en Tres Forques, visitaremos el Museo del aceite y comeremos en Casa Granero. Por la tarde haremos una visita a L´Eliana  “La torre del verrei” (tan cerca como desconocida) y nos aprovecharemos de las Aulas de su Casa de Cultura, para conocernos mejor y seguir debatiendo acciones a desarrollar en el futuro y desde el Club de Mayores.

LA VIDA EN VALENCIA HACE 2.5OO AÑOS

la ciudad de Sicana 144; así la llaman los iberos por el río cercano. Y no lejos de la separación de este río, el río Tirio rodea la ciudadela de Tiris 145. Y por la parte en que la tierra se adentra lejos del mar, la región ofrece una extensa superficie cubierta de maleza a lo largo y ancho. Allá los beribraces 146, pueblo sa (texto recogido de la «ora maritima de Rufo Festo Avieno»)

                 LOS PUENTES DE VALENCIA Y LA FUNDACION DE LA CIUDAD

                DESDE LO ALTO DEL MIGUELETE 2.500 AÑOS NOS CONTEMPLAN

Recientemente se ha escrito sobre los puentes de Valencia, nosotros  escribimos sobre ellos en “ El Jardín del Turia. El mayor pulmón de Europa “. Sobre los mismos en particular, en un medio valenciano, se escribió otro con varias y sonoras irregularidades, alguna de las cuales se rectificó.

Son veintiocho los puentes , figurando como más antiguo el de la Trinidad, datado en el siglo XV. En todos los siglos posteriores se construyó alguno , salvo en el siglo XVIII, hasta la actualidad, como el seriado de Calatrava, popular La Peineta.

Probablemente, considerando que el de La  Trinidad era el más antiguo, los arqueólogos locales determinaron que la Vía Heraklea, Camino de Aníbal o Vía Augusta, pasaba por aquí y que, por la calle del Salvador entraba en La Almoina, confundiendo una simple calle por la vía en cuestión, entre otras razones porque la estrechez de dicha calle lo hace inviable, al tiempo que se obliga a desviar la Vía cuyo trazado se ha establecido , tras concienzudo estudio, por la Calle Sagunto, Torres de Serranos, Calle de Serranos a buscar San Vicente.

La Calle de Sagunto corresponde a la Via Augusta, inmediata a la Calle Ruaya donde se encontraron estructuras y restos ibéricos que levantaron amplía y, en algún caso, irrisoria, polvareda mediática. En sus inmediaciones se encontró un tesorillo de monedas fechado en el Siglo III antes de Cristo, cien años antes del asentamiento de los legionario romanos en la fundación que llamaron Valentia y que recogió Tito Livio.

Esto supone el paso del rio por el Puente de Serranos y, evidentemente, la consideración de que aquí se construyó un puente romano toda vez que la pujanza de la Valentia, con foro, circo, termas etc. lo avala.El hallazgo de los restos de un supuesto puerto en las proximidades de las      torres es un importante testimonio más.,

El puente actual no es romano sin duda, destruido mucho antes de la construcción del actual que, se dice, sustituyó a uno anterior de madera           levantado para sustituir provisionalmente a otro anterior también arrastrado por las aguas en el siglo XVI. En  crónica del siglo XIII se menciona la existencia de un puente de piedra, quizás el romano.

Sin embargo, la atenta observación del mismo, permite suponer que dos tajamares, por lo menos uno, se puede apoyar en el basamento del supuesto puente romano. En atención a ello aconsejamos a los arqueólogos locales que hagan excavaciones para su comprobación .

 La fundación no se hizo sobre un yermo sino sobre una ciudad preexistente, la Tyris mencionada y el oppidum  ( fortaleza, población) que menciona Tito Livio . Por si no fueran suficientes los argumentos esgrimidos, recientemente se ha dado a conocer el hallazgo, en las excavaciones de la ciudad, de un ánfora de figuras negras de importación oriental, publicada el año 2.000 (Mata y Burriel,2.000,fig.4,2-4) fechada en la primera mitad del siglo V a. de Cristo, producto del comercio focense desde Sicilia a través de Ampurias, según el Dr. Almagro, lo que es testimonio incontrovertible de todo lo expuesto.

Como la Tyris, que fue factoría o colonia focea para el comercio con los pueblos del hinterland y de aguas arriba del rio, debió estar fundada ya hacia el siglo sexto antes de Cristo ,la ciudad que luego se llamarÍa Valentia  fue fundada 500 años antes de Cristo y unos 360 años antes del asentamiento de los legionarios. Por lo que hoy Valencia podría celebrar los 2.500 años de su fundación

Pero es que, además, la Tyris ,ciudad y oppidum, no estaba deshabitada, sino que estaba ocupada por la población que los epitafios de la época encontrados los mencionan como los veteres, es decir los viejos habitantes, mientras que otros epitafios mencionan a los veterani, es decir a los legionarios jubilados asentados aquí en el 138.

Estos Veteres, tras 362 años de continuada vida aquí, sin duda que estaban plenamente iberizados, de ahí el hallazgo de abundante cerámica ibérica en  las excavaciones como testigo de ello.

Por todo lo cual creemos y proponemos, que la Ciudad de Valencia celebre los  2.500 años de su fundación.

JOSE APARICIO PEREZ

ARQUEOLOGO

NOTA: No obstante lo dicho, conviene recordar que en antiguas excavaciones en el centro de la Plaza de la Virgen se encontraron unas cerámicas hechas a mano que el Dr. Tarradell identificó como de La Edad del Bronce, lo que conviene tener en cuenta por si  pudieran pertenecer a población anterior

Novedades 11 Octubre 2021 (OFYDES)

LEGISLACION

MEDIDAS URGENTES PARA IMPULSAR LA ACTIVIDAD DE REHABILITACIÓN EDIFICATORIA EN EL CONTEXTO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA, (BOE.NÚM. 239 DE 6 DE OCTUBRE).
Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-16230 Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

 

MEDIDAS EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA, (DOGV.NÚM. 9191bis DE 8 DE OCTUBRE).
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

CORRECCIÓN DE ERRORES. NORMAS CONTRA LAS PRÁCTICAS DE ELUSIÓN FISCAL QUE INCIDEN DIRECTAMENTE EN EL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO INTERIOR, DE MODIFICACIÓN DE DIVERSAS NORMAS TRIBUTARIAS Y EN MATERIA DE REGULACIÓN DEL JUEGO, (BOE.NÚM. 241 DE 8 DE OCTUBRE).
Corrección de errores de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-16346 Corrección de errores de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

AYUDAS Y SUBVENCIONES

LÍNEAS DE AYUDA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN Y SERVICIOS TELEMÁTICOS EN ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE EXPORTADORES, (BOE.NÚM. 238 DE 5 DE OCTUBRE).
Orden ICT/1073/2021, de 24 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas de comunicación y servicios telemáticos en asociaciones y federaciones de exportadores y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
BOE.es – BOE-A-2021-16214 Orden ICT/1073/2021, de 24 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas de comunicación y servicios telemáticos en asociaciones y federaciones de exportadores y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

 

AYUDA EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA, (BOE.NÚM. 239 DE 6 DE OCTUBRE).
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
BOE.es – BOE-A-2021-16233 Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

CORRECCIÓN ERRORES. AYUDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, (DOGV.NÚM. 9190 DE 7 DE OCTUBRE).
Corrección de errores de la Resolución de 22 de julio de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, dentro del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, con cargo al presupuesto del ejercicio 2021 (Programa MOVES III-Infraestructura Comunitat Valenciana), en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo.IVACE.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Extracto de la corrección de errores de la Resolución de 22 de julio de 2021, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, dentro del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, con cargo al presupuesto del ejercicio 2021 (Programa MOVES III-Infraestructura Comunitat Valenciana), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

«PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA MÁQUINA HERRAMIENTA» DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, (BOE.NÚM. 241 DE 8 DE OCTUBRE).
Orden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021 de concesión de subvenciones correspondientes al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
BOE.es – BOE-A-2021-16375 Orden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021 de concesión de subvenciones correspondientes al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas.

, (BOE.NÚM. 242 DE 9 DE OCTUBRE).
Extracto de la Orden, de 1 de octubre de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en el año 2021 correspondientes al Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
BOE.es – BOE-B-2021-41625 Extracto de la Orden, de 1 de octubre de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en el año 2021 correspondientes al Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas

CORONAVIRUS: RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Uso de mascarilla

Se recomienda cuando se esté al aire libre, especialmente en ambientes urbanos, seguir usando la mascarilla, excepto en playas y espacios naturales.

Mascarilla obligatoria para personas mayores de 6 años:

a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

b) En cualquier espacio al aire libre en el que, por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener la distancia de seguridad interpersonal, salvo grupos de convivientes.

c) En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, metro o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad.

d) En establecimientos de hostelería, restauración, ocio y en todos aquellos locales y actividades donde se consuma comida y bebida, el uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

Medidas relativas al consumo de tabaco y asimilados

No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Asimismo, tampoco se permite fumar en las terrazas de los establecimientos que desarrollen actividades de hostelería, restauración y ocio y entretenimiento.

Medidas relativas a la venta y consumo de alcohol 

  • Se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública las 24 horas del día
  • Se prohíbe la venta de alcohol durante la franja horaria comprendida entre las 22.00 horas y las 7.00 horas del día siguiente, en todo tipo de establecimientos de venta al público, excepto en aquellos en los cuales la venta de bebidas alcohólicas esté destinada a su consumo en el local.

Medidas y obligaciones para establecimientos y actividades en general

–  Los establecimientos, instalaciones, locales y espacios abiertos al público deberán exponer en un lugar visible el aforo máximo.

– Deberán ponerse a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida

– La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá respetar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. La utilización de los ascensores y montacargas exige el uso obligatorio de la mascarilla por parte de todas las personas ocupantes.

– La persona o entidad titular de la actividad económica o, en su caso, el director, directora o responsable de los centros, instalaciones, espacios de uso público y entidades, ha de asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los establecimientos, locales, instalaciones o espacios. Asimismo, los materiales que se utilicen durante el desarrollo de la actividad y sean de uso compartido, deberán ser desinfectados después de cada uso.

– Las instalaciones deberán ventilarse a través de medios naturales o mecánicos, que permitan la renovación del aire en todas las dependencias interiores.

– En los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares, por parte de la clientela, personal visitante o personas usuarias, se procurará mantener la debida distancia de seguridad.

– Se promoverá el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico.

Medidas relativas a eventos y celebraciones con concentración de personas y festivales de música

– El uso de la mascarilla será obligatorio en todo caso, incluso al aire libre, tanto para las personas participantes en el evento como para el público que pueda asistir, con las excepciones establecidas en esta resolución.

– El aforo será del 100 % cuando el público esté sentado y no se consuma comida ni bebida. Si se consumiere, será necesario dejar un asiento libre de distancia.

– Si el evento se celebra con el público de pie, el aforo se medirá a razón de 2,25 metros cuadrados por persona. En estos casos, el consumo de alimentos y bebidas se hará exclusivamente en la zona de restauración que se habilite

– Está permitido el baile con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo, y manteniéndose la distancia interpersonal de seguridad.

–  Se deberán tomar medidas para reducir la posibilidad de que se produzcan aglomeraciones en los alrededores del lugar donde se desarrolle la actividad.

– La entrada del público se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado y minimizar así el riesgo de formación de aglomeraciones.

– Se priorizará la venta on-line de entradas y en caso de compra en la taquilla, se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.

Los eventos y festivales musicales contarán con un protocolo que elaborará la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Medidas relativas a establecimientos de hostelería y restauración

– El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada.

– La ocupación de las mesas será de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, tanto en el interior del local como en espacios al aire libre y terrazas.

– Se procurará que la distancia entre mesas sea de al menos de 1,5 metros en interior de establecimientos y en terrazas exteriores.

– El consumo será sentado en mesa, si bien se permite el uso de la barra para el consumo siempre que sea manteniendo la distancia de seguridad.

– El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

– Está permitido el baile siempre con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo, respetándose la distancia interpersonal de seguridad. – Se permiten las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jokey, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre músicos y público, en el caso de cantantes e instrumentos de viento, así como karaokes con uso obligatorio de mascarilla.

– El cierre se deberá producir en el horario que autorice la normativa general reguladora, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos.

– No está permitido fumar.

– Las celebraciones posteriores a cualquier ceremonia o evento que impliquen servicio de hostelería o restauración, en salones de banquetes o en cualquier otro establecimiento de hostelería o espacio privado, se ajustarán a lo regulado en esta materia.

– Los servicios que impliquen cóctel y catering en espacios al aire libre, podrán las personas asistentes consumir comida y bebida permaneciendo de pie, alrededor de una mesa, siendo necesario el uso de la mascarilla cuando no se consuma.

Medidas relativas a los establecimientos y actividades de ocio y entretenimiento

Se permite la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante, en los siguientes términos:

– El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada.

– La ocupación de las mesas será de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesa en interior y en exterior, salvo convivientes.

– Se procurará que la distancia entre mesas sea de al menos de 1,5 metros en interior de establecimientos y en terrazas exteriores.

– El consumo será sentado en mesa, si bien se permite el uso de la barra para el consumo siempre que sea manteniendo la distancia de seguridad.

– El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

– Está permitido el baile, siempre con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo, respetándose la distancia interpersonal de seguridad.

– Se permiten las actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando también permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento, así como karaokes con uso obligatorio de mascarilla.

– No se permite fumar.

Medidas relativas a actividades recreativas de azar

Se permite la apertura de los establecimientos y espacios dedicados a actividades recreativas y de azar, entre los que se incluyen, casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar, salones de juego, tómbolas y salones cíber, observando el horario de cierre que autorice su normativa sectorial y, en todo caso, tendrán como límite máximo el que se establece para los establecimientos y actividades de ocio y entretenimiento en esta resolución.

Medidas relativas a cines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos

En los supuestos de consumo de comida y bebida en sala, será necesario dejar un asiento libre de distancia en la misma fila entre personas o grupo de personas no convivientes. Fuera de este supuesto, el aforo será del 100 %.

Medidas relativas a la actividad física y deportiva de carácter general

Para la realización de actividad física y deportiva en los gimnasios, será obligatorio el uso de la mascarilla.

Para la realización de actividad física y deportiva en instalaciones abiertas y al aire libre, su uso será obligatorio solo en zonas o espacios con gran afluencia de personas donde no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal con el resto de personas deportistas o viandantes.

Medidas relativas para los eventos deportivos en general

La celebración de los eventos deportivos en general podrá desarrollarse con un aforo de público del 100 %.

Eficacia y vigencia: La presente resolución producirá efectos desde las 00.00 horas del día 9 de octubre de 2021 y mantendrá su eficacia hasta nueva resolución

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Calendario laboral en el ámbito de la Comunitat Valenciana para 2022

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA 

En el día de hoy se ha publicado en el DOGV, el DECRETO 165/2021, de 8 de octubre, del Consell, de determinación del calendario laboral en el ámbito de la Comunitat Valenciana para 2022.

CALENDARIO LABORAL 2022 (Fiestas de ámbito nacional y autonómico)

1 de enero

Año Nuevo

6 de enero

Epifanía del Señor

19 de marzo

San José

14 de abril

Jueves Santo

15 de abril

Viernes Santo

18 de abril

Lunes de Pascua

24 de junio

San Juan

15 de agosto

Asunción de la Virgen

12 de octubre

Fiesta Nacional de España

1 de noviembre

Fiesta de todos los Santos

6 de diciembre

Día de la Constitución

8 de diciembre

Día de la Inmaculada Concepción

Estas 12 fechas se completarán con los dos festivos de carácter local (pendiente de publicación).

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Jornada informativa. Los autónomos en la actualidad

FECHA

26 de octubre de 2021

LUGAR

CÁMARA DE COMERCIO DE CASTELLÓN

INSCRIPCIÓN

11:00 – 11:10 h

Bienvenida de la jornada.

Dña. Lola Guillamón. Presidenta de la Cámara de Comercio de Castellón.

11:10 – 11:20 h

Apertura de la jornada.

Dña. Carmen Barber. Directora gerente de Unión de Mutuas.

11:20 – 11:40 h

Los autónomos en la Comunidad Valenciana.

Alberto Ara Espasa. Presidente de ATA Comunidad Valenciana. Vicepresidente de CEV.

11:40 – 12:15 h

Análisis de la legislación relativa a los trabajadores autónomos tanto a nivel nacional como en la Comunidad Valenciana.Carlos Luis Alfonso Mellado.Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universitat de València. Director de la Cátedra del Trabajo Autónomo.

12:15 – 13:00 h

Situación actual de los autónomos y perspectiva de futuro.Lorenzo Amor.Presidente de ATA Federación Nacional y Vicepresidente de la CEOE.

 

Nota Informativa relativa a las Solicitudes de prórroga del art. 1 del RD Ley 18/2021(ERTEs)

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto se remite la Nota Informativa de la Directora General de trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, relativa al trámite telemático que, necesariamente, deberá utilizarse en las solicitudes de prórroga de ERTEs regulada en el Art. 1 del Real Decreto Ley 18/2021, de 28 de septiembre.

NOTA TRAMITE TEL ART. 1 RD LEY 18 2021_firmado

CORONAVIRUS: Modificación medidas en materia de salud pública en el ámbito CV para el periodo comprendido entre el 28 de septiembre y el 8 de octubre de 2021 _ COVID-19

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se modifica la Resolución de 27 de septiembre de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo comprendido entre el 28 de septiembre y el 8 de octubre de 2021.

MODIFICACIONES:

1.- Modificación del apartado 5 del punto 1 del Resuelvo segundo:

«…Todos los eventos, celebraciones y concentraciones que ordena este punto, se desarrollarán con el horario y las condiciones que se establecen en el punto de medidas relativas a restauración y hostelería, incluidas las relativas al bail

2.- Modificación del punto 6 del Resuelvo segundo, en los incisos primero y sexto relativos a distancia de seguridad y al baile, con la siguiente redacción:

«… – El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad. El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

… – Estará permitido el baile, sin uso de la pista de baile o similar, siempre con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo, y siempre en el espacio circundante a la mesa donde esté ubicado cada usuario, respetándose la distancia interpersonal de seguridad. …»

3.- Modificación del apartado 6 del punto 14 del Resuelvo segundo:

«6. Medidas para los eventos deportivos multitudinarios de los Equipos que participan en la Liga Profesional de Fútbol masculina y femenina, Liga ACB y Liga Femenina Endesa de Baloncesto

Aforo. La celebración de estos eventos podrá desarrollarse con un aforo de público:

– Del 80 % en espacios cerrados.

– Y del 100 % en espacios abiertos.

Uso de la mascarilla

Se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento (incluida el área de aseos), así como en los momentos de entrada y salida del mismo. Se debe reforzar la transmisión de este mensaje a los potenciales asistentes.

Acceso

La organización del evento deberá garantizar la seguridad en la entrada y salida del evento, fijando franjas horarias para acceso escalonado del público por sectores, así como en la salida. Y deberá asegurar el personal suficiente que garantice la seguridad dentro y fuera del lugar para evitar aglomeraciones.

Consumo bebida y comida

En estos eventos no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas, salvo el consumo de agua.

Tabaco.

Durante la duración del evento y tanto en espacios interiores como abiertos, no se permite el consumo de tabaco y de productos relacionados (DSLN o cigarrillos electrónicos y de productos a base de hierbas para fumar).

Recomendaciones

La organización deberá establecer las medidas de prevención y control durante la planificación, desarrollo y posterior fin del evento, medidas relativas a reforzar protocolos de limpieza y desinfección, señalización de accesos y zonas de paso, evitar aglomeraciones, coordinación sistemas de vigilancia y control, y demás establecidas en la presente resolución y en las vigentes en materia de cautela, seguridad e higiene».

4.- Adición un punto 19. al Resuelvo segundo

«19. Medidas relativas a cines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos. En los establecimientos que ordena este punto, en los supuestos de consumo de comida y bebida en sala, será necesario dejar un asiento libre de distancia en la misma fila entre personas o grupo de personas no convivientes. Fuera de este supuesto, el aforo será del 100 %».

Eficacia y vigencia: Esta resolución producirá efectos desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a excepción del resuelvo tercero de esta resolución que da nueva redacción a las medidas relativas a los eventos deportivos multitudinarios de los Equipos que participan en la Liga Profesional de Fútbol masculina y femenina, Liga ACB y Liga Femenina Endesa de Baloncesto, que producirá efectos desde el 1 de octubre de 2021.

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