CORONAVIRUS: Calendarios de pago Tributos Locales Comunitat Valenciana

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

A la vista de que la gran mayoría de los municipios han ampliado, aplazado o suspendido sus plazos de recaudación, le adjuntamos los calendarios de pago de los tributos locales, actualizados a fecha de hoy, correspondientes a los municipios más relevantes, desde el punto de vista empresarial, de las tres provincias de la Comunitat Valenciana.

Alicante

Castellón

Valencia

Prevención de riesgos psicosociales en situación de trabajo a distancia (teletrabajo) debida al COVID-19. Recomendaciones para el empleador- ESP/ENG

El Instituto Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (INSST) ha publicado en su web un documento para la prevención de riesgos psicosociales y trabajo a distancia por COVID-19 con una serie de recomendaciones para el empleador ante la situación de emergencia sanitaria.

Le informamos que el Instituto Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (INSST) ha publicado en su web un documento para la prevención de riesgos psicosociales y trabajo a distancia (teletrabajo) por COVID-19 con una serie de recomendaciones para el empleador ante la situación de emergencia sanitaria.

A continuación se lo resumimos:

Recalcando el momento excepcional que ha generado el coranavirus covid-19 sobre la salud, vida, subsistencia económica, familia o estilo de vida de las personas trabajadoras, el INSST ha emitido una seria de recomendaciones a seguir por las empresas, con especial atención a las que han implantado el trabajo a distancia.

I.- Recomendaciones previas para la empresa

De manera previa, se recomienda:

1.- Familiarizarse con los problemas que puede generar el covid-19 (aquí).

2.- Empatizar con las personas trabajadoras en esta situación de adversidad.

3.- Proteger, en la medida de lo posible, del miedo y la incertidumbre del trabajo.

4.- Comunicación con las personas trabajadoras y mantener una información actualizada y precisa.

5.- Impedir que se estigmatice a las personas trabajadoras que se vean afectados por el Covid-19: no tienen ninguna culpa

II.- Recomendaciones para la organización del trabajo

Para la organización del trabajo el Instituto recomienda a los empleadores:

  • Facilitar que los trabajadores sigan las instrucciones, según las restricciones exigidas en cada momento, por parte de las autoridades competentes Informarse de los recursos técnicos con los que cuenta cada uno de los trabajadores para el desempeño de su trabajo y considerar que pueden tener que ser compartidos con otras personas del núcleo familiar. Lo ideal es proveerles en la medida de las posibilidades todos los recursos que necesiten.
  • Establecer canales de comunicación individualizados y/o de grupo a través de herramientas digitales: correo electrónico, redes sociales, videoconferencia, teléfono…
  • Establecer y dar a conocer de manera clara los nuevos procedimientos de trabajo, fijando objetivos y plazos razonables y con cierta antelación para que el trabajador pueda organizarse el trabajo y amoldarse a sus nuevas circunstancias.
  • Establecer un horario de disponibilidad para empleador y trabajadores, teniendo en cuenta que trabajar en casa no significa tener que estar disponible las 24 horas.
  • Establecer un programa de contacto profesional y personal con los trabajadores cada varios días (informarse de cómo les va, cuál es su situación personal y profesional, motívales y anímales.
  • Permanecer siempre a disposición para resolver cualquier problema, duda o inquietud. Reconocer y ponderar el trabajo realizado, especialmente en estas circunstancias tan difíciles.
  • Proporcionarles «feedback» regular de su trabajo.
  • Directores, coordinadores, mandos intermedios, son recursos fundamentales a los que se debe mucha atención porque son quienes organizan trabajo, lo asignan, detectan necesidades y contactan con los trabajadores.
  • Garantizar una carga de trabajo equilibrada a cada empleado y asignar de forma concreta las tareas y cometidos.
  • Proporcionar algún sistema de contacto para que los trabajadores puedan relacionarse fácilmente entre ellos.

III.- Recomendaciones para la comunicación e información a los trabajadores

El documento publicado también señala que es muy importante mantener informados a los trabajadores y responder con claridad y sinceridad a cualquier duda que tengan sobre las siguientes cuestiones:

  • Cambios que se van a producir en la empresa.
  • Es una buena oportunidad para pedirles opinión.
  • Qué procedimientos de trabajo se mantienen y cuáles son las modificaciones sobre la forma habitual de trabajo.
  • El plan y el calendario de contactos telefónicos, chats, videollamadas…
  • De la situación global de la empresa (nuevos horarios, turnos de trabajo, teléfonos de asistencia, servicios prestados, etc.)
  • Del proceder de la empresa en relación con la situación contractual de los trabajadores.
  • De las recomendaciones que establezcan las instituciones oficiales.

Del mismo modo se recomienda dosificar la información, ya que en estos momentos existe un exceso de información al que el trabajador está también expuesto.

IV.- Recomendaciones sobre la salud psicosocial de los trabajadores

En cuanto a la salud psicosocial de los trabajadores, el documento del INSST apunta las siguientes recomendaciones:

  • Facilitarles recomendaciones sanitarias e institucionales para la prevención y reacción ante el problema.
  • Que conozcan las medidas recomendadas (higiene, confinamiento,…) e informaciones de fuentes oficiales y fiables: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Trasladarles la necesidad de seguir estas recomendaciones para sobrellevar adecuadamente el confinamiento.
  • Hacerles saber que la situación puede provocar un impacto emocional.
  • Explicarles que el miedo y el estrés son reacciones normales en estas situaciones, y que se pueden manifestar de muchas formas como pensamiento recurrente, pesimismo, preocupación constante, irritabilidad, mal humor, ansiedad, problemas de concentración, etc… Cada persona lo vive con una intensidad diferente. Informales y promover el bienestar emocional.
  • Disponer o facilitar un servicio de apoyo psicológico, si fuera posible, inscrito en el programa de ayuda al empleado.
  • Facilitarles recomendaciones contrastadas sobre diseño del puesto de trabajo, iluminación, posturas de trabajo, medidas para la prevención de la fatiga mental, gestión del estrés, hábitos de sueño, ejercicio físico en casa, alimentación, etc.
  • Para se puede utilizar los materiales que pueda proporcionar la Mutua (o Servicio de Prevención) y del material disponible en la web del INSST y de los Organismos Autonómicos en Salud Laboral y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
  • Establecer un canal específico para que los trabajadores informen de la existencia de algún riesgo o situación especial que les pueda afectar durante estas circunstancias.
  • Planificar el trabajo, la rutina horaria y cumplirla.
  • Centrarse en lo que se puede hacer, manteniéndose activo y ocupado.
  • Mantener una actitud positiva, entendiendo que en estos momentos el aislamiento puede resultar provechoso.
  • Evitar la sobreinformación. Estar permanentemente conectado puede aumentar innecesariamente la sensación de riesgo y ansiedad.
  • Acudir solo a fuentes fiables de información y contrastar la información antes de compartirla.
  • Identificar los pensamientos que te molestan.
  • Reconocer las emociones que se viven y afrontar las principales preocupaciones con información.
  • Aun así, hay que saber que encontrarse triste, con ansiedad y preocupación entra dentro de lo esperable para esta situación.
  • Aceptar lo que sientes. Mantener el contacto social a través de las nuevas tecnologías.
  • Compartir tus dificultades y hablar con las personas cercanas de tu confinamiento puede suponer un gran alivio.
  • El apoyo social es la mejor forma de reducir la ansiedad, la depresión, la soledad y el aburrimiento durante un aislamiento social por cuarentena. Ayudar, en la medida de lo posible, a quien lo necesite.
  • Reconforta pertenecer a un equipo y ayudar a dar soluciones.
  • Hacer ejercicio o actividad física. Relajar el cuerpo con técnicas de respiración profunda, meditación, relajación muscular.
  • En caso de aun así la persona se sienta sobrepasada, animarla a que pida ayuda o consejo profesional.

Esquema Riesgos psicosociales y trabajo a distancia por Covid-19

Fuente: INSST

 

Prevention of psychosocial risks in remote work situations (teleworking) due to COVID-19. Recommendations for the employer

The National Institute of Health and Safety at Work (INSST) has published on its website a document for the prevention of psychosocial risks and distance work by COVID-19 with a series of recommendations for the employer in the face of health emergencies.

We inform you that the National Institute of Health and Safety at Work (INSST) has published on its website a document for the prevention of psychosocial risks and remote work (telework) by COVID-19 with a series of recommendations for the employer in the face of health emergencies.

We summarize it below:

Emphasizing the exceptional moment that the coranavirus covid-19 has generated on the health, life, economic subsistence, family or lifestyle of the workers, the INSST has issued a series of recommendations to be followed by the companies, with special attention to those that have implanted the remote work.

I.- Previous recommendations for the company

In advance, it is recommended:

Familiarize yourself with the problems that covid-19 (here) can generate.

Empathize with the workers in this situation of adversity.

3.- To protect, as far as possible, from the fear and uncertainty of work.

Communicate with the workers and maintain updated and accurate information.

5.- Prevent the stigmatisation of workers affected by Covid-19: they are not to blame

  1. Recommendations for the organization of work

For the organization of work the Institute recommends employers:

– Make it easier for workers to follow the instructions, according to the restrictions required at any given time, by the competent authorities Find out about the technical resources available to each of the workers for the performance of their work and consider that they may have to be shared with other persons in the family nucleus. The ideal is to provide them, as far as possible, with all the resources they need.

– Establish individualized and/or group communication channels through digital tools: e-mail, social networks, videoconference, telephone…

– Establish and make known in a clear way the new work procedures, setting objectives and reasonable deadlines and with some advance notice so that the worker can organize his work and adapt to his new circumstances.

– Establish a schedule of availability for employer and workers, taking into account that working at home does not mean having to be available 24 hours a day.

– Establish a program of professional and personal contact with the workers every few days (find out how they are doing, what their personal and professional situation is, their moods and moods.

– Always be available to solve any problem, doubt or concern. Recognize and weigh the work done, especially in these difficult circumstances.

– Provide them with regular feedback on their work.

– Directors, coordinators and middle managers are fundamental resources to which we owe a lot of attention because they are the ones who organize work, assign it, detect needs and contact the workers.

– Ensure a balanced workload for each employee and assign tasks and duties in a concrete way.

– Provide some system of contact so that workers can easily relate to each other.

III.- Recommendations for communication and information to workers

The published document also points out that it is very important to keep workers informed and to respond clearly and honestly to any questions they may have on the following issues:

– Changes that are going to occur in the company.

– This is a good opportunity to ask their opinion.

– What working procedures are being maintained and what are the changes in the usual way of working.

– The plan and calendar of telephone contacts, chats, video calls…

– The global situation of the company (new schedules, work shifts, assistance telephones, services provided, etc.)

– The company’s actions in relation to the contractual situation of the workers.

– The recommendations established by official institutions.

In the same way, it is recommended that the information be dosed, as at present there is an excess of information to which the worker is also exposed.

  1. Recommendations on the psychosocial health of workers

With regard to the psychosocial health of workers, the INSST document makes the following recommendations

– Provide them with health and institutional recommendations for the prevention and reaction to the problem.

– That they know the recommended measures (hygiene, confinement,…) and information from official and reliable sources: Ministry of Health, Consumption and Social Welfare. To convey to them the need to follow these recommendations in order to adequately cope with the confinement.

– Let them know that the situation may cause an emotional impact.

– Explain to them that fear and stress are normal reactions in these situations, and that they can manifest themselves in many ways such as recurrent thinking, pessimism, constant worry, irritability, bad mood, anxiety, concentration problems, etc. Each person lives it with a different intensity. Informal and promote emotional well-being.

– Provide or facilitate a psychological support service, if possible, registered in the employee assistance program.

– Provide them with contrasting recommendations on workplace design, lighting, work postures, measures for the prevention of mental fatigue, stress management, sleep habits, physical exercise at home, food, etc.

– You can use the materials provided by the Mutual Insurance Company (or Prevention Service) and the material available on the website of the INSST and the Autonomous Bodies for Health at Work and the European Agency for Safety and Health at Work.

– Establish a specific channel for workers to inform of the existence of any risk or special situation that may affect them during these circumstances.

– Plan the work, the hourly routine and comply with it.

– Focus on what can be done, keeping active and busy.

– Maintain a positive attitude, understanding that at these times isolation can be helpful.

– Avoiding over-information. Being permanently connected can unnecessarily increase feelings of risk and anxiety.

– Go only to reliable sources of information and check the information before sharing it.

– Identify the thoughts that bother you.

– Recognize emotions and address major concerns with information.

– Even so, it is important to know that being sad, anxious and worried is a normal part of this situation.

– Accept what you feel. Maintain social contact through new technologies.

– Sharing your difficulties and talking to people close to you in your confinement can be a great relief.

– Social support is the best way to reduce anxiety, depression, loneliness and boredom during quarantine social isolation. Help, as much as possible, to those who need it.

– It is comforting to be part of a team and help provide solutions.

– Exercise or be physically active. Relaxing the body with deep breathing techniques, meditation, muscle relaxation

– If the person still feels overwhelmed, encourage them to ask for professional help or advice.

Scheme Psychosocial risks and distance work by Covid-19

Source: INSST

www.gestionvalenciana.com

CORONAVIRUS: Instrucciones partes de baja SPS por Coronavirus

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

 

Adjunto se remite actualización de las Instrucciones relativas al nuevo procedimiento de remisión de partes de baja de los servicios públicos de salud (SPS) por Coronavirus (15/04/2020), elaborado y consensuado por el Sistema Nacional de Salud y el Ministerio de Sanidad, y se irá actualizando de acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El documento detalla hasta 5 aclaraciones al procedimiento:

  • Serán los médicos de los SPS los que emitan los partes de baja y alta en todos los casos de coronavirus. En ningún caso, estos partes podrán ser emitidos por Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS), del Instituto Social de la Marina o de las Empresas Colaboradoras.

Los facultativos de los SPS pondrán siempre como contingencia en los partes de baja/alta “Enfermedad Común”. El INSS, mediante procedimiento interno, diferenciará las bajas que lleguen por diagnóstico y las convertirá en accidente de trabajo (AT), a efectos de comunicación a empresas y MCSS y en lo relativo a la prestación económica de la incapacidad temporal (IT).

  • Se establecen los códigos a utilizar, que son los indicados por el Ministerio de Sanidad (nota de 6 de marzo).
  • Sólo estos códigos, transmitidos por el SPS, serán admitidos por el INSS.
  • La duración estimada para estos procesos de IT se fija entre 5 y 30 días naturales y no se excederá en más de siete días naturales la emisión del primer parte de confirmación desde la fecha de baja inicial. Los sucesivos, no superarán los catorce días naturales entre sí.

Los partes de baja pueden emitirse y confirmarse sin la presencia física del trabajador.

En casos de IT por aislamiento, se debe constatar la indicación de mantener la baja más allá de los 14 días.

  • Hasta que no se emita el parte médico de baja no se inician las actuaciones de suspensión de la relación laboral y reconocimiento del derecho a prestación económica por IT.

Situaciones en las que procede emitir parte de baja en casos de aislamiento:

– No procede su emisión en trabajadores sin causa actual de IT por sus patologías previas, salvo en trabajadores especialmente sensibles (TES) al SARS-CoV-2.

– Sí procede su emisión (previo informe del servicio de prevención de riesgos laborales) de trabajadores vulnerables a COVID-19, y en los que, a pesar de las distintas medidas de prevención y protección el riesgo de contagio es alto.

– Sí procede la emisión de IT por aislamiento en los casos posibles, que son aquellos con infección respiratoria aguda leve al que no se le ha realizado prueba de diagnóstico microbiológico.

– Sí procede su emisión en los contactos estrechos de casos probables, posibles o confirmados.

Situaciones en las que procede emitir parte de baja en casos de enfermedad:

– Procede emitir el parte de baja por enfermedad COVID19 en los casos definidos por el Ministerio de Sanidad como confirmados (test positivo) y probables (infección respiratoria aguda grave).

Cuando se tenga conocimiento del periodo de aislamiento/contagio o de enfermedad con posterioridad al inicio del mismo, se emitirán los partes con carácter retroactivo.

– En el INSS se recibirán todos los partes emitidos con carácter retroactivo y también los cambios de diagnósticos, procediéndose a regular la duración de la IT. Las empresas estarán informadas a través del fichero INSS-empresas (FIE). La conversión de contingencia común a AT será automática y será comunicada a la empresa por el fichero FIE.

– De acuerdo con la Ley de protección de datos, el fichero FIE no proporcionará información sobre la naturaleza patológica/diagnóstico de un proceso de IT que afecte al trabajador.

Instrucciones Partes de Baja – INSS

CORONAVIRUS: CALENDARIO PAGOS (RDL 14/2020 por el que se extiende el plazo de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias de ámbito estatal)

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se adjunta el cuadro con el calendario de pagos actualizado, elaborado por la CEV., tras la publicación del Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, publicado hoy en el BOE, extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias de ámbito estatal.

Cuadro calendario pagos (15-04-20)

NOVEDADES AEAT – Nota sobre el cálculo de la cuantía del aplazamiento previsto en Real Decreto-ley 7/2020 y Certificados de residencia fiscal emitidos por otras Administraciones

NOVEDADES AEAT – Nota sobre el cálculo de la cuantía del aplazamiento previsto en Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

 

Uno de los requisitos previstos en el artículo 14 del RD-Ley 7/2020 para la concesión del aplazamiento especial es cumplir lo fijado en el artículo 82.2.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que permite la dispensa total o parcial de garantías “cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a la que se fije en la normativa tributaria”.

La cuantía está fijada en 30.000 euros, conforme a lo dispuesto en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.

Y la forma de cálculo de dicha cantidad se detalla en el artículo 2 de la precitada Orden ministerial:

  • El importe en conjunto de las deudas pendientes no exceda de 30.000 euros, ya se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.
  • Se acumularán, en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.

En consecuencia, el importe de 30.000 euros se calculará como un sumatorio de los siguientes componentes:

  • Importe pendiente de todas las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de resolver, incluida la que se presenta, y con independencia de la modalidad o normativa que la regula (Ley 58/2003, General Tributaria, RD-ley 7/2020, etc.).
  • Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos: a) con exención, b) con dispensa total y c) sin garantía alguna.
  • Importe pendiente de todos los acuerdos con dispensa parcial por el importe de los vencimientos pendientes de pago que no se encuentren garantizados.
  • Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos con garantía ofrecida, pero sin formalizar.
  • Importe pendiente de todos los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento concedidos con garantía en el estado de caducada, dada de baja, retirada, no aceptada o no conforme.

 

NOVEDADES AEAT – Certificados de residencia fiscal emitidos por otras Administraciones tributarias

 

La Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, establece en su apartado 2 lo siguiente:

«Desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, hasta el 30 de abril de 2020 quedan suspendidos los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos contemplados en la normativa tributaria».

En consecuencia, los certificados de residencia fiscal emitidos por las Administraciones tributarias de otros países para que el pagador de rentas a contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes quede exonerado de la obligación de retener o, alternativamente, pueda aplicar el tipo de retención reducido previsto en el Convenio para evitar la doble imposición que corresponda, no caducarán hasta el 30 de abril, entendiéndose prorrogados hasta dicha fecha.

 

Un cordial saludo,

Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia

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NOTA DE AVISO RDL 14/2020 EXTENSIÓN DEL PLAZO DE INGRESO Y PRESENTACIÓN DE DETRERMINADAS LIQUIDACIONES TRIBUTARIAS-1T 2020

Os informamos de que hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 14/2020 por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

En el mismo se aprueba una de las medidas que veníamos demandando, insistentemente, desde nuestro Consejo General de Economistas, si bien llega un poco tarde y con un limitado alcance. Además, se dejan para la próxima semana otras cuestiones también solicitadas por nosotros como las relativas a los módulos o a la posibilidad de cambiar de opción en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Confiamos en que, finalmente, se concreten también.

Lo aprobado en el día de hoy se puede concretar en lo siguiente:

  • El plazo de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones tributarias –competencia de la Administración tributaria estatal-, cuyo vencimiento se produzca entre el 15 de abril y el 20 de mayo, se extiende hasta esa última fecha.
  • Solo afecta a los obligados con volumen de operaciones –según se define en IVA- que no haya superado en 2019 los 600.000€.
  • Independientemente del volumen de operaciones, no ven ampliados los plazos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que tributen por el régimen de consolidación fiscal, ni los sujetos pasivos de IVA que tributen en el régimen de grupos.
  • El plazo de domiciliación se amplía hasta el 15 de mayo. Respecto a las autoliquidaciones ya presentadas con ingreso domiciliado, aunque nada dice esta norma, por la mecánica de la domiciliación y porque así se recogió en la referencia al Consejo de Ministros de ayer, el cargo en la cuenta del contribuyente se realizará de manera automática el 20 del mayo en lugar del 20 de abril.
  • Por lo tanto, esta ampliación de plazo afectará a las autoliquidaciones del primer trimestre como los modelos 111, 115, 123, 130, 131, 202, 210, 303, etc. También al modelo 303 de sujetos pasivos de IVA acogidos al SII con volumen de operaciones que no supere los 600.000€ o a la declaración de cesión de uso de viviendas, modelo 179, si el obligado tiene ese volumen de operaciones.
  • Como el plazo voluntario de estas autoliquidaciones está comprendido entre el 13 de marzo y el 30 de mayo, según el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, si resultaran a ingresar, se podrá solicitar el aplazamiento sin garantías a 6 meses, sin intereses por los 3 primeros, allí regulado y con un máximo de 30.000€.

Por último, ante esta situación, se recomienda a los empresarios en módulos y a las entidades cuyo volumen de operaciones no supere 600.000€ en el año anterior, que esperen a los acuerdos del próximo Consejo de Ministros para presentar las autoliquidaciones por si se concretan las medidas anunciadas. Recordaros que se prevé que los empresarios en módulos puedan determinar, de manera transitoria, los pagos fraccionados por estimación directa, incluso que se reduzca el pago fraccionado para determinados epígrafes del IAE y, respecto al Impuesto sobre Sociedades, que las entidades que hayan optado por el sistema de cálculo del pago fraccionado en función de la cuota de la última autoliquidación, puedan modificar dicha opción y calcularlo por el porcentaje sobre base imponible.

Esperamos que esta información sea de vuestra utilidad.

Un cordial saludo

Dear Mr. and Mrs:

We inform you that today the Royal Decree Law 14/2020 has been published extending the deadline for the presentation and payment of certain tax returns and self-assessments.

In the same one approves one of the measures that we came demanding, insistently, from our General Council of Economists, although it arrives a little late and with a limited scope. In addition, other issues also requested by us are left for next week, such as those relating to the modules or the possibility of changing the option for the payment in instalments of Corporation Tax. We hope that, finally, they will also be clarified.

What has been approved today can be specified as follows:

  • The period for the presentation and payment of tax returns and self-assessments -the competence of the State Tax Administration-, whose deadline is between April 15 and May 20, is extended until the latter date.
  • It only affects those liable with a volume of transactions -as defined by VAT- that has not exceeded 600,000 euros in 2019.
  • Regardless of the volume of transactions, the deadlines are not extended for corporate taxpayers who pay tax under the consolidated tax regime, or for VAT taxpayers who pay tax under the group regime.
  • The deadline for direct debit is extended to 15 May. With respect to self-assessments already submitted with direct debit, although this rule says nothing, due to the mechanics of the direct debit and because this was included in the reference to yesterday’s Council of Ministers, the taxpayer’s account will be automatically debited on May 20 instead of April 20.
  • Therefore, this extension of time will affect the self-assessments of the first quarter such as forms 111, 115, 123, 130, 131, 202, 210, 303, etc. It also affects Form 303 for VAT taxpayers covered by the SII with a volume of transactions not exceeding 600,000 euros or the declaration of assignment of use of housing, Form 179, if the taxpayer has that volume of transactions.
  • As the voluntary period for these self-assessments is between 13 March and 30 May, in accordance with article 14 of Royal Decree Law 7/2020, if they are to be paid, it will be possible to request the deferral without guarantees to 6 months, without interest for the first 3 months, which is regulated there and with a maximum of 30,000 euros.

Finally, in view of this situation, it is recommended that entrepreneurs in modules and entities whose volume of operations did not exceed 600,000 euros in the previous year, should wait for the agreements of the next Council of Ministers to present the self-assessments in case the announced measures are implemented. Please note that it is envisaged that employers in modules may determine, on a transitional basis, the instalment payments by direct assessment, including a reduction in the instalment payment for certain headings of the IAE and, with regard to corporate income tax, that entities which have opted for the system of calculating the instalment payment according to the amount of the last self-settlement, may modify this option and calculate it by the percentage on the taxable base.

We hope that this information will be useful to you.

Best regards

ww.gestionvalenciana.com

La Importancia de seguir unidos en momentos de gran dificultad

Muchas son las facetas de la vida que llevan necesariamente la enseñanza implícita en su propia sabiduría. Y muchos los ejemplos que nos enseñan que el hecho de caminar “juntos” es la mejor decisión para obtener el más solidario y gratificante de los resultados.

En estos días de reclusión forzada seguramente disponemos de tiempo extra para hacer de todo y por supuesto también para pensar.

Aunque parezca que este cautiverio no va a terminar nunca, el tiempo como siempre todo lo cura y saldremos adelante, pero sería bueno que nuestra inteligencia no nos traicione y nos haga ver las cosas distintas de cómo son en la realidad.

Sólo la unión nos hará fuertes para poder abordar las dificultades que nos depare el incierto futuro.

El Colegio de Agentes Comerciales hace y hará todo lo que esté en su mano para defender los intereses de sus Colegiados, y para ello más que nunca es conveniente manifestar la “unión” que siempre ha reinado en nuestro ánimo y actitud.

Sigamos pues todos a la vez destacando la importancia que en estos momentos de dificultad tiene el hecho de estar siempre juntos, para conseguir el objetivo común, defender nuestros derechos.

Como todos sabemos: “La Unión hace la Fuerza”

#JuntosLoConseguiremos