Difusión y Comunicación

Campañas de publicidad de la profesión de Agente Comercial

El Colegio durante el año pasado hizo una amplia campaña de promoción y difusión de la profesión de Agente Comercial en los medios de comunicación más representativos, al igual que hará durante este año.

Esta campaña iba y va destinada a conseguir varios objetivos.

En primer lugar, la captación de nuevos Colegiados:

Campaña de Captación de Nuevos Colegiados

Esta campaña va destinada a dar a conocer nuestra profesión, especialmente a las personas del mundo de la venta y explicarles todas las ventajas y servicios que tienen al estar Colegiados.

En segundo lugar, informar a las empresas de las ventajas que tienen al trabajar con un Agente Comercial.

¿Quieres aumentar tus ventas? Contrata un Agente Comercial Colegiado

Esta campaña va destinada a informar a las empresas de la conveniencia de trabajar con un Agente Comercial, para que sean conscientes de los beneficios que le reportan.

Aparte de estos dos ejemplos que habéis visto en los enlaces, se están haciendo muchas más campañas más específicas tanto en los principales medios de comunicación como en las RRSS.

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Formación

Formación Impartida en el Cuarto Trimestre 2021

Talleres y Jornadas Técnicas impartidas en el último Trimestre del 2021

  • Curso de Formación Financiera EFPA

– Taller 3: Planificando nuestras Inversiones 04.10.21

– Taller 4: Macroeconomía en nuestra vida cotidiana 18.10.21

– Taller 5: Una elección sostenible para tus finanzas 08.10.21

– Taller 6: Psicología Económica 15.11.21

– Taller 7: Fiscalidad 22.11.21

– Taller 8: Finanzas y tecnología 13.12.21

  • Taller de Presentación del CRM ya listo para instalar
  • Jornada Fiscal 04.11.21
  • Jornada Técnica – Jornada Jurídico-Laboral 25.11.21

En nuestra Página Web puedes acceder a todo el material de estos Talleres en este enlace: Cursos Realizados

Ferias

El Colegio en Mediterránea Gastrónoma

El pasado mes de noviembre el Colegio estuvo presente, con stand propio, en Mediterránea Gastrónoma prestando a los Colegiados sus servicios habituales como facilitar entrada y parking gratuito, información a empresas que buscan Agentes Comerciales, etc.

Recibimos muchas visitas de nuestros Colegiados, así como de personas interesadas en colegiarse y empresas interesadas en buscar Agentes Comerciales.

El servicio de búsqueda de Agentes Comerciales exclusivo para las empresas que han participado en Mediterránea Gastrónoma ha funcionado muy bien, ya se han publicado las ofertas de las empresas interesadas en buscar Agentes para representar sus productos.

Este año el Colegio estará presente en las siguientes Ferias:

FIMI BABY KID del 17 al 19 de febrero

MADERALIA del 29 al 31 de marzo

CEVISAMA del 13 al 17 de junio

HÁBITAT del 20 al 23 de septiembre

INERFLORA del 4 al 6 de octubre

GASTRÓNOMA del 13 al 15 de noviembre

Internacionalización

Secretarial Working Group Meeting

El próximo 28 de enero el Colegio participará en la próxima reunión virtual del Secretarial Working Group de la IUCAB. En esta reunión se hablará de las perspectivas económicas a nivel global haciendo un repaso de las estadísticas que afectan a los países que están presentes en la IUCAB.

Se hablará del Estudio Europeo de Agentes Comerciales 2021 para IUCAB que realizo el Sr. Trond Bergestuen con el objetivo de explorar las variables clave que afectan a la relación entre los Agentes Comerciales y las Empresas que representan. Los resultados se utilizarán para aumentar la visibilidad de la profesión y para fortalecer la relación de los Agentes Comerciales con las Empresas. El estudio comparará los países europeos entre sí y los comparará con los EE. UU.

También se comentará el curso de la Evaluación del Reglamento de Acuerdos Verticales (VBER). Este reglamento prohíbe los Acuerdos que restringen la competencia del comercio en la Unión Europea, pero en el artículo 101, párrafo 3, establece una exención a esta prohibición para los Acuerdos que contribuyen a mejorar la producción o distribución de los productos, y en esta exención, entramos los Agentes Comerciales con los Acuerdos que tenemos con las empresas que representamos. Para que los Agentes Comerciales no pierdan sus derechos y privilegios que suponen los Acuerdos que puedan tener con las Empresas que representan, el Colegio, en su día, relleno el cuestionario público que envió a la Comisión Europea argumentando lo importante que era  mantener esos Acuerdos y seguir siendo una exención en el Reglamento de Acuerdos Verticales (VBER), ya que estos Acuerdos eran suficientemente beneficiosos como para superar los efectos contrarios a la competencia  ya  que, entre otras cosas, ayudaban a las Empresas a introducirse en un nuevo mercado.

También se hablará de la colaboración entre la IUCAB y GL Events, operador de Ferias y Eventos con presencia en más de veinte países de los cinco continentes. Se trata de fomentar y sensibilizar la profesión del Agente Comercial y facilitar el contacto entre Agentes Comerciales y Empresas.

En definitiva, se hablará de todos los temas de interés que compete a los Agentes Comerciales.

Cultura, Actos Sociales y Colegiales

Actos de Imposición de Medallas de Plata y Oro a la Colegiación y de Entrega de Nuevos Certificados de Agente Comercial

Los días 27 y 28 de octubre el Colegio celebró los Actos de Imposición de Medallas de Plata y Oro a la Colegiación y el de Entrega de Nuevos Certificados de Agente Comercial. Por primera vez se celebraron los dos Actos juntos, ya que debido a la Pandemia no los pudimos hacer el año pasado. Por motivos de afluencia se repartieron en dos sesiones, una que tuvo lugar el miércoles 27 de octubre y otra que se celebró el jueves 28 de octubre.

En la primera sesión José Orero, Secretario del Colegio, condujo el Acto presidido por Antonio Soriano, Presidente de Honor del Colegio. José Luis Rochina, Medalla de Oro a la Colegiación, dedicó a los asistentes unas emotivas palabras y Carlos Requena, Presidente del Colegio, cerró el Acto.

En la segunda sesión, de nuevo José Orero, Secretario del Colegio condujo el Acto que presidió y cerró Antonia Alonso, Vicepresidenta del Colegio. Salvador Marquina, Tesorero del Colegio, dedicó a los asistentes unas emotivas palabras.

Los asistentes agradecieron labor que hace el Colegio.

Mayores

Encuentro en el Club de Mayores

En el Club de Mayores, que está abierto a todos y todos podemos usarlo, tuvimos reunión el día 16 de noviembre. Después de la inauguración no hubo más convocatoria, salvo  la invitación a visitar El Palmar el 20, cuando aún no se había desatado la mayor alarma del virus. Ese dÍa nos sumamos 14, al centenar de los Escritors en Llengua Valenciana;  la jornada  lluviosa impidió el paseo en barca, no obstante hubo exceso de comensales en el restaurant y poca precaución,  por lo que mejor nos olvidamos de su nombre. L’Associació nos pidió disculpa y estudia, para mejor tiempo y riesgo nulo, un almuerzo y el paseo.

La reunión del martes anterior sirvió para tratar de animar el grupo, debatir sobre el futuro y preparar la ya inmediata Picaota de Nadal.  Hubo  mucha oferta gastronómica,  pero  se suspendió y por desgracia, con motivo. De todo esto, insólito pero aleccionador, sacamos ideas y la inmediata  necesidad en nuestros mayores de aprender a dominar los móviles, las aplicaciones informáticas y todo lo que nos postra como minusválidos del progreso. Este tema, como las distintas  situaciones que nos aíslan,  cuando  van mermando nuestras fuerzas, merece  una atención que no se puede soslayar. En el  Colegio existe esta preocupación y se nos ayudará como siempre.

Como todos queremos ser mayores, mejor asistidos, habremos de pensar en otras necesidades, emocionales, físicas y  de supervivencia  digna. Debemos plantearlas y estudiar causas y remedios, entre todos, en su vertiente social, porque  irá afectando a más censo. Hemos de arrimar el hombro, colaborar,  con presencia, apoyo, información, estudio, etc.,  para realizar un informe bien documentado, desde el punto de vista humano, con los medios  que la administración presta. Rentabilizar, ajustando un mejor estándar físico y emotivo, pero con  lo que den de sí las circunstancias personales. Realmente encontraremos en el grupo algo de lo que también estamos dispuestos a ofrecer.  Con la esperanza de sumar presencia sin riesgo y con mejores ideas, informaremos. A muchos nos urge “manejar  bien el móvil”, pero también cómo convivir ya hoy y mejor  mañana.

Novedades 3 Enero 2022 (OFYDES)

LEGISLACION

CALENDARIO DE FIESTAS LOCALES, RETRIBUIDAS Y NO RECUPERABLES, COMUNITAT VALENCIANA AÑO 2022”, (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 21 de diciembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueba el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables, en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el año 2022.Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

 

PENSIONES, (BOE.NÚM. 312 DE 29 DE DICIEMBRE).
Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-21652 Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2022, (BOE.NÚM. 312 DE 29 DE DICIEMBRE).
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-21653 Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

RESTRICCIÓN TEMPORAL DE VIAJES NO IMPRESCINDIBLES DESDE TERCEROS PAÍSES A LA UNIÓN EUROPEA Y PAÍSES ASOCIADOS SCHENGEN. COVID-19, (BOE.NÚM. 312 DE 29 DE DICIEMBRE).
Orden INT/1472/2021, de 28 de diciembre, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ministerio del Interior.
BOE.es – BOE-A-2021-21659 Orden INT/1472/2021, de 28 de diciembre, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

MODIFICACIÓN RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS, (BOE.NÚM. 312 DE 29 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y se fija un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-21654 Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y se fija un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación.

NUEVA REDACCIÓN SOBRE «USO DE MASCARILLA”, (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se da nueva redacción al punto 3 del resuelvo primero sobre «Uso de mascarilla», de la Resolución de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

MEDIDAS URGENTES REFORMA LABORAL, GARANTÍA DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO, (BOE.NÚM. 313 DE 30 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-21788 Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

CORRECCIÓN ERRORES. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL, LA LEY HIPOTECARIA Y LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, SOBRE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ANIMALES, (BOE.NÚM. 313 DE 30 DE DICIEMBRE).
Corrección de errores de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. Jefatura del Estado.
BOE.es – BOE-A-2021-21787 Corrección de errores de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

GESTIÓN COLECTIVA DE CONTRATACIONES EN ORIGEN PARA 2022, (BOE.NÚM. 313 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden ISM/1485/2021, de 24 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
BOE.es – BOE-A-2021-21795 Orden ISM/1485/2021, de 24 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022.

ESTRATEGIA DE SEGURIDAD NACIONAL 2021, (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE).
Real Decreto 1150/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021. Presidencia del Gobierno.
BOE.es – BOE-A-2021-21884 Real Decreto 1150/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021.

PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT PARA EL EJERCICIO 2022, (DOGV.NÚM. 9247 DE 31 DE DICIEMBRE).
Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

HACIENDA

MODIFICACIÓN INCAPACIDADES LABORALES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LEY MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN SOCIAL; ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA; Y ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES, (BOE.NÚM. 312 DE 29 DE DICIEMBRE).
Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social; el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina; y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
BOE.es – BOE-A-2021-21657 Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social; el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina; y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 

 

PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE INTERCAMBIO DE BIENES DENTRO DE LA UNIÓN EUROPEA (INTRASTAT), (BOE.NÚM. 313 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el contenido y los plazos de presentación de la declaración de intercambio de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat) y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
BOE.es – BOE-A-2021-21790 Orden HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el contenido y los plazos de presentación de la declaración de intercambio de bienes dentro de la Unión Europea (Intrastat) y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos.

AYUDAS, SUBVENCIONES

PROYECTOS DE INVERSIÓN EMPRESARIAL QUE CONTRIBUYAN A LA TRANSFORMACIÓN DEL MODELO ECONÓMICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA, (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la cual se convoca la concesión de subvenciones de carácter bienal para determinados proyectos de inversión empresarial que contribuyan a la transformación del modelo económico de la Comunidad Valenciana, reguladas al amparo de la Orden 14/2018, de 27 de diciembre de 2018, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se convoca la concesión de subvenciones de carácter bienal para determinados proyectos de inversión empresarial que contribuyan a la transformación del modelo económico de la Comunitat Valenciana, reguladas al amparo Orden 14/2018, de 27 de diciembre de 2018, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

 

 

FINANCIACIÓN DE LAS INVERSIONES DEL COMPONENTE 23 (NUEVAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA UN MERCADO DE TRABAJO DINÁMICO, RESILIENTE E INCLUSIVO), INVERSIÓN 4 «NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD», LÍNEA DE INVERSIÓN «COLECTIVOS VULNERABLES», DENTRO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN, MAYORES DE 45 AÑOS (CID 346) , (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, mediante tramitación anticipada, las subvenciones destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 (Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo), inversión 4 «Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», línea de inversión «Colectivos Vulnerables», dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia para personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años (CID 346). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, mediante tramitación anticipada, las subvenciones destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», inversión 4 «Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», línea de inversión «Colectivos Vulnerables», dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia para personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años (CID 346).
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

FINANCIACIÓN DE LAS INVERSIONES DEL COMPONENTE 23 (NUEVAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA UN MERCADO DE TRABAJO DINÁMICO, RESILIENTE E INCLUSIVO), INVERSIÓN 4 «NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD», LÍNEA DE INVERSIÓN «COLECTIVOS VULNERABLES», DENTRO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA PARA PERSONAS DESEMPLEADAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL (CID 346), (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, mediante tramitación anticipada, las subvenciones destinadas a la financiación de las inversiones del componente 23 (Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo), inversión 4 «Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», línea de inversión «Colectivos Vulnerables», dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia para personas desempleadas con diversidad funcional (CID 346). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

PROGRAMA DE FORMACIÓN EN CAPACIDADES DIGITALES PARA PERSONAS DESEMPLEADAS PARA IMPULSAR EL EMPRENDIMIENTO Y EL DESARROLLO RURAL Y REDUCIR LA BRECHA DE GÉNERO, (DOGV.NÚM. 9245 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones publicas con cargo al ejercicio presupuestario 2022, para la ejecución del programa de formación en capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones publicas con cargo al ejercicio presupuestario 2022, para la ejecución del programa de formación en capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Si desaparecen los contratos de obra o servicio, ¿Qué tipo de contrato puede utilizar mi empresa? ¿Qué pasa con los vigentes?

Efectivamente con la publicación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, desaparece la posibilidad de celebrar contratos para obra o servicio determinado; una herramienta para la contratación que en determinados sectores de actividad (construcción, formación, hostelería, otros) ha sido de general aplicación. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, solo podrá celebrarse el contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora.

Uno de los objetivos de esta «reforma laboral» es eliminar la temporalidad en las contrataciones (de hecho la nueva redacción dada al artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores presume que el contrato se celebra por tiempo indefinido) por lo que:

Para que se entienda que concurre causa justificada de temporalidad será necesario que se especifiquen con precisión, en el contrato, la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.

En este sentido, resulta necesario responder a las siguientes cuestiones:

Exactamente, ¿desde cuándo no pueden realizarse este tipo de contratos?

Recuerde que:

Los contratos de obra o servicio no podrán ser formalizados desde 31.03.2022 inclusive.

La disposición final octava del Real Decreto-ley 32/2021 fecha la entrada en vigor de la nueva redacción dada al artículo 15 -Duración del contrato de trabajo- del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, 31 de marzo de 2022, por lo que, hasta esta fecha, las empresas podrán seguir haciendo contratos de obra y servicio con la regulación anterior a la reforma.

En este sentido, la propia disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 32/2021, establece que cuando estos contratos (también los contratos eventuales por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos) se realicen entre el 31 de diciembre de 2021 y el 30 de marzo de 2022, su duración no podrá ser superior a seis meses

¿Qué ocurre con los contratos de obra o servicio vigentes en la actualidad (hasta entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021

De acuerdo con la disposición transitoria tercera del Real Decreto-ley 32/2021, los contratos por obra y servicio determinado (desaparecen desde 31.12.2021 con las notas transitorias establecidas en el apartado anterior) que hayan sido celebrados hasta 30 de diciembre de 2021, así como los contratos fijos de obra recogidos en el artículo 24 VI Convenio Estatal de la Construcción, «resultarán aplicables hasta su duración máxima», según la normativa que los regía cuando fueron realizados.

Esto quiere decir que estos contratos podrán agotar el objeto o plazo convenido, siempre dentro de los límites legales establecidos. O dicho en otros términos, se extinguirán:

  • Con la realización de la obra o servicio objeto del contrato o,
  • Como máximo hasta tres años (desde su formalización) o cuatro si se ha ampliado por convenio colectivo.

Entonces, a partir de ahora, ¿qué tipo de contratos temporales puede realizar mi empresa?

Básicamente tendríamos: (además de los contratos formativos que también ha sido modificados)

  • Hasta 30.03.2022, como hemos señalado anteriormente, podría seguir formalizándose el contrato de obra o servicio determinado con una duración máxima de 6 meses.

Recuerde que:

Se reduce a 18 meses en un periodo de 24 meses (antes era 24 meses de 30) el plazo permitido para el encadenar contratos temporales. Su incumplimiento implica que el trabajador adquiere la condición de indefinido.

  • Contrato de duración determinada con dos causas:
    • Por circunstancias de la producción.- Contrato que podrá ser realizado por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda (incluidas las vacaciones), por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce por convenio colectivo sectorial. También podría ser utilizado en situaciones previsibles tales como: cursos de formación, campañas agrícolas, en rebajas, campañas navideñas, y otros, por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos.
    • Por sustitución de la persona trabajadora.- Podrá ser celebrado para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo; para completar la jornada reducida por otra persona trabajadora, cuando dicha reducción se ampare en causas legalmente establecidas o reguladas en el convenio colectivo y para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo, sin que su duración pueda ser en este caso superior a tres meses.

Otra muestra del objetivo perseguido de eliminar la temporalidad es el establecimiento (artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social) de un incremento en la cotización respecto a los contratos de duración determinada inferiores a 30 días, excluyéndose los contratos de sustitución y regímenes especiales agrarios, empleados de hogar y minería del carbón.

  • Contrato fijo-discontinuo, si bien no es un contrato temporal puramente dicho podrá acudirse a esta modalidad para trabajos estacionales o actividades productivas de temporada y para aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados; existe «intermitencia» en el desempeño de la actividad por los trabajadores. “trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada. Típico ejemplo de profesores contratados por un centro de formación durante el curso escolar.

www.gestionvalencia.com   —   (+34) 96 352 25 87   —   C/ Colón 74 – 14ª, 46004, Valencia – Spain

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA Adjunto remito el resumen ejecutivo elaborado por CEOE del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, que se publica en el BOE hoy.

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto remito el resumen ejecutivo elaborado por CEOE del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, que se publica en el BOE hoy.

INFORME EJECUTIVO RDL 32 2021