Novedades 15 Junio 2021 (OFYDES)
LEGISLACION
MODIFICACIÓN. MEDIDAS DE CONTROL SANITARIO A LAS PERSONAS PROCEDENTES DE FRANCIA QUE LLEGAN A ESPAÑA POR VÍA TERRESTRE, (BOE.NÚM. 137 DE 9 DE JUNIO).
Orden SND/568/2021, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden SND/292/2021, de 26 de marzo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas procedentes de Francia que llegan a España por vía terrestre. Ministerio de Sanidad.
BOE.es – BOE-A-2021-9562 Orden SND/568/2021, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden SND/292/2021, de 26 de marzo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas procedentes de Francia que llegan a España por vía terrestre.
CONDICIONES DE CUARENTENA A LAS QUE DEBEN SOMETERSE LAS PERSONAS PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA A SU LLEGADA A ESPAÑA, (BOE.NÚM. 139 DE 11 DE JUNIO).
Orden SND/591/2021, de 10 de junio, por la que se prorroga la Orden SND/413/2021, de 27 de abril, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de la República de la India a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ministerio de Sanidad.
BOE.es – BOE-A-2021-9723 Orden SND/591/2021, de 10 de junio, por la que se prorroga la Orden SND/413/2021, de 27 de abril, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de la República de la India a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
REQUISITOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN, PUESTA EN SERVICIO Y USO DE EQUIPOS RADIOELÉCTRICOS, (BOE.NÚM. 139 DE 11 DE JUNIO).
Real Decreto 374/2021, de 25 de mayo, por el que se modifica el Reglamento por el que se establecen los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
BOE.es – BOE-A-2021-9722 Real Decreto 374/2021, de 25 de mayo, por el que se modifica el Reglamento por el que se establecen los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo.
HACIENDA
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Novedades 31 Mayo 2021 (OFYDES)
LEGISLACION
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CORONAVIRUS: Circular V Acuerdo Social en Defensa del Empleo y Real Decreto-ley 11/2021
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Adjunto le remito tres documentos relacionados con el V Acuerdo Social en Defensa del Empleo y el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos:
- Síntesis de las principales medidas previstas en el V Acuerdo y el RD-ley 11/2021.
- Cuadro de exoneraciones en ERTES COVID-19.
- Desarrollo de las medidas previstas en el V Acuerdo relativas a los trabajadores fijos-discontinuos.
OFYDES
1.-SINTESIS V ACUERDO y RD-LEY 11_2021
2.- Exoneraciones ERTES RDL 11_2021
V Acuerdo Social Defensa Empleo 27052021
Novedades 26 Mayo 2021 (OFYDES)
LEGISLACION
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HACIENDA
MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL, (DOGV.NÚM. 9089bis DE 21 DE MAYO).
Corrección de errores del Decreto Ley 7/2021, de 7 de mayo, del Consell, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en respuesta a la pandemia de la Covid-19. Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)
PRESENTACIÓN E INGRESO DE LAS AUTOLIQUIDACIONES DEL IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS, (BOE.NÚM. 125 DE 26 DE MAYO).
Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – BOE-A-2021-8747 Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias.
AYUDAS, SUBVENCIONES
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CORONAVIRUS: Resolución 22 de mayo sobre circulación de personas y permanencia en grupos del 24 de mayo al 7 de junio
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Medidas relativas a la circulación de personas
Queda limitada la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 01.00 horas y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, salvo que se tenga que realizar alguna de las actividades siguientes:
- a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
- b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
- f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- g) Desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial.
- h) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- i) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
- j) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
Medidas relativas a la permanencia de grupos de personas en espacios privados y públicos
- En espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes y sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes apartados de esta resolución, así como en otros actos administrativos que sean de aplicación.
- En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes y no más de dos núcleos de convivencia, y sin perjuicio de las excepciones previstas en los siguientes apartados de esta resolución, así como en otros actos administrativos que sean de aplicación.
- Se exceptúan de las limitaciones establecidas en los apartados anteriores las siguientes situaciones: a) Las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atención y acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores, en situación de dependencia, con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad. b) La convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores o progenitoras no convivientes entre ellos. c) El acogimiento familiar de personas menores de edad en cualquiera de sus tipologías. d) La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes. e) Las personas que viven solas, que se podrán incorporar, durante todo el periodo de vigencia de la medida, a otra única unidad de convivencia, siempre que en esta unidad de convivencia solo se incorpore una única persona que viva sola.
- Tampoco están incluidas en las limitaciones previstas en el apartado anterior, las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes que imparten las enseñanzas a las que hace referencia el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación, incluida la enseñanza universitaria, ni aquellas actividades para las que se establecen medidas específicas.
Efectos: desde las 00.00 horas del día 24 de mayo de 2021 hasta las 23:59 horas del día 7 de junio de 2021.
Novedades 19 Mayo 2021 (OFYDES)
LEGISLACION
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HACIENDA
MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19, (DOGV.NÚM. 9083 DE 13 DE MAYO).
Decreto Ley 7/2021, de 7 de mayo, del Consell, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19. Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)
MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA TASA Y EL CANON ESTABLECIDOS EN LA LEY 13/1998, DE 4 DE MAYO, DE ORDENACIÓN DEL MERCADO DE TABACOS Y NORMATIVA TRIBUTARIA, (BOE.NÚM. 119 DE 19 DE MAYO).
Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Ministerio de Hacienda
BOE.es – BOE-A-2021-8267 Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
AYUDAS, SUBVENCIONES
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Novedades 11 Mayo 2021 (OFYDES)
LEGISLACION
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AYUDAS, SUBVENCIONES
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Curso Agente Comercial COACVALENCIA – IUCAB
El pasado lunes 3 de mayo se impartió el ultimo Taller del Curso Agente Comercial COACVALENCIA – IUCAB.
Curso formado por 12 Talleres repartidos en 3 módulos con un total de 24 horas.
Desde el Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Valencia y desde la IUCAB (Internationally United Commercial Agents and Brokers) queremos dar la enhorabuena a los Colegiados que lo han completado.
Este Curso es el resultado de un Plan Marco con un Programa Formativo confeccionado por el Grupo de Expertos de Formación de la IUCAB, común para todas las Asociaciones de Agentes Comerciales Europeas y de EEUU.
El objetivo es armonizar la Formación para los Agentes Comerciales en toda Europa con los estándares de calidad acordados por la IUCAB.
COACValencia es una de las Organizaciones Internacionales de Agentes Comerciales a la que la IUCAB le ha concedido la Certificación para poder realizar este curso.
CURSO AGENTE COMERCIAL COACVALENCIA – IUCAB – 24 HORAS
MODULO 1 – EMPRENDIMIENTO Y CUESTIONES LEGALES
Taller nº 1 1 de Febrero
“Qué es un Agente Comercial: Legislación, Estatutos, Contrato de Agencia y el pago de Comisiones
Ley de Protección de datos en el Sector del Agente Comercial”
Impartido por Pascual Chulia, Letrado del Colegio, y por José Ivars de Ivarstec
Taller nº 2 8 de Febrero
“Cómo administrar una Agencia “ – Impartido por Terrer Gestión y Asesoramiento
Taller nº 3 15 de Febrero
“Cómo mejorar tus habilidades de gestión: Herramientas y procesos de optimización”
Impartido por Vicente Cones de Transformación Digital Valencia
MODULO 2 – MARKETING Y COMERCIO
Taller nº 4 22 de Febrero
“Conocimientos básicos y consejos útiles” – Impartido por Ismael Olea de Be-think
Taller nº 5 01 de Marzo
“Cómo calificar y acercarse a los Clientes” – Impartido por Ismael Olea de Be-think
Taller nº 6 08 de Marzo
“Cómo desarrollar buenas habilidades de comunicación” – Impartido por Ismael Olea de Be-think
Taller nº 7 15 de Marzo
Networking: seguimiento” – Impartido por Ismael Olea de Be-think
Taller nº 8 22 de Marzo
“Cómo te puede ayudar el Colegio” – Impartido por José Orero Secretario y Responsable de la Comisión de Internacionalización de CoacValencia
MODULO 3 – FINANZAS, ESTRATEGIA, CONTABILIDAD Y PLAN DE ACCION
Taller nº 9 29 de Marzo
“Contabilidad General y Práctica” – Impartido por Terrer Gestión y Asesoramiento
Taller nº 10 19 de Abril
“Fiscalidad de los Agentes Comerciales: Novedades Fiscales 2021/IRPF 2020”- Impartido por Terrer Gestión y Asesoramiento
Taller nº 11 26 de Abril
“Interpretación de los Indicadores ( Estadísticas Económicas). El Cálculo de Comisiones” – Impartido por Terrer Gestión y Asesoramiento
Taller nº 12 03 de Mayo
“Seguridad Social” – Impartido por Luis Quilis de Coinbroker
En breve enviaremos los certificados a los Colegiados que lo han completado.