INFORMACIÓN DE LA AEAT – Migración de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) a Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) –

INFORMACIÓN AEAT – Migración de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) a Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú)

A partir del 06-09-2021, TODAS las notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria estarán disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada única (en adelante DEHú).
Actualmente las notificaciones de la AEAT están disponibles para comparecer en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la Dirección Electrónica Habilitada (en adelante DEH) y en Carpeta Ciudadana.
El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo en el artículo 42 sobre la práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos establece en el punto 5:Toda notificación cuyo emisor pertenezca al ámbito estatal a que se refiere el artículo 1.2 de este Reglamento se pondrá a disposición del interesado a través de la Dirección Electrónica Habilitada única, incluyendo el supuesto previsto en el artículo 42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, los emisores de ámbito estatal podrán notificar en su sede electrónica o sede electrónica asociada de forma complementaria a la puesta a disposición en la Dirección Electrónica Habilitada única.
A la DEH se envían para comparecer únicamente las notificaciones electrónicas. A la DEHú se enviarán todas las notificaciones, tal como se está haciendo actualmente en la Sede electrónica y en Carpeta Ciudadana.
Se tendrá acceso a las notificaciones depositadas por la Agencia Tributaria en la DEHú por dos vías:

Con el fin de dar tiempo para la adaptación de los desarrollos necesarios, habrá un periodo transitorio durante el que se mantendrá el envío de las notificaciones a la DEH. Al finalizar ese periodo transitorio (previsiblemente en el último trimestre de 2021), no se enviarán notificaciones a la DEH.

Un cordial saludo,
Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia

LIMITACIÓN DE PAGOS EN EFECTIVO DESDE EL 11 DE JULIO DE 2021-LIMITATION OF CASH PAYMENTS AS OF 11 JULY 2021

La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal publicada en el BOE del día 10 de julio, modifica el artículo 7 de la Ley 7/2012 que regula las limitaciones a los pagos en efectivo de determinadas operaciones.

La ley establece que no podrán pagarse en efectivo las operaciones, con un importe igual o superior a 1.000 euros (antes 2.500 €) o su contravalor en moneda extranjera, en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional.

No obstante, el citado importe será de 10.000 € (antes 15.000 €) cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

Esta limitación se aplicará a todos los pagos efectuados a partir de la entrada en vigor de la norma (a partir del 11 de julio de 2021), aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.

La Ley 11/2021 también modifica la regulación del procedimiento sancionador del régimen de limitación de pagos en efectivo, estableciendo algunas especialidades.

Entre las novedades, destacamos que una vez notificada la propuesta de resolución, el pago voluntario en cualquier momento anterior a la notificación de la resolución definitiva implicará una reducción del 50 % del importe de la sanción, y la renuncia a formular alegaciones.

Las modificaciones del procedimiento sancionador serán aplicables a los procedimientos que se inicien a partir del 11 de julio de 2021.

 

Law 11/2021 on measures to prevent and combat tax fraud, published in the Official State Gazette of 10 July, amends article 7 of Law 7/2012, which regulates the limitations on cash payments for certain transactions.

The law establishes that transactions with an amount equal to or greater than €1,000 (previously €2,500) or the equivalent value in foreign currency, in which one of the parties acts as a businessperson or professional, may not be paid in cash.

However, the aforementioned amount will be €10,000 (previously €15,000) when the payer is a natural person who can prove that he is not resident for tax purposes in Spain and is not acting in his capacity as a trader or professional.

This limitation will apply to all payments made after the entry into force of the rule (from 11 July 2021), even if they relate to transactions entered into prior to the establishment of the limitation.

Law 11/2021 also modifies the regulation of the sanctioning procedure of the cash payment limitation regime, establishing some special features.

Among the new features, it should be noted that once the proposed decision has been notified, voluntary payment at any time prior to notification of the final decision will entail a 50% reduction in the amount of the penalty, and the waiver of the right to make allegations.

The modifications to the sanctioning procedure will be applicable to procedures initiated as of 11 July 2021.

Nueva página web Agencia Tributaria – INFORMACION DE LA AEAT DE INTERES PARA LOS COLEGIADOS

COMUNICADO FORO ASOCIACIONES Y COLEGIOS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS

Se comunica que en el día de hoy se ha procedido a la apertura de la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria.

El acceso desde Internet se puede hacer o bien mediante la URL directa: https://sede.agenciatributaria.gob.es/  o bien desde el banner publicado en las páginas iniciales del Portal y de la Sede actuales.

Bajo una nueva estructura y diseño, todos los servicios de información y trámites estarán a disposición de los contribuyentes en una página única. En todo caso, tanto el portal como la sede actuales de la Agencia seguirán por el momento siendo accesibles en sus direcciones habituales.

LEY 10/2021 DE 9 DE JULIO, DE TRABAJO A DISTANCIA

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

El día 10 de julio se ha publicado en el BOE la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de septiembre el Real Decreto-ley 28/2020, de trabajo a distancia, tras alcanzar un acuerdo en el marco del diálogo social. Posteriormente, el Pleno del Congreso convalidó el 15 de octubre el decreto ley para regular el teletrabajo, así como su tramitación como proyecto de ley para introducir enmiendas.

La regulación del teletrabajo ha culminado su tramitación parlamentaria mediante la aprobación de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

La disposición final primera, apartado 2, modifica el artículo 40 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, actualizando los importes de las sanciones laborales, que no habían sido objeto de revalorización desde el año 2000, en una proporción casi lineal y que se aproxima a un incremento general del 20%.

Entrada en vigor: 12 de julio de 2021, excepto el apartado dos de la disposición final primera, que modifica el artículo 40 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2021.

BOE-A-2021-11472

BOE-A-2020-11043-consolidado

CORONAVIRUS: Decreto 93/2021, aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno, por la COVID-19

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

En el día de hoy se ha publicado en el DOGV el DECRETO 93/2021, de 9 de julio, del Consell, de modificación del Decreto 29/2021, de 19 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno, por la Covid-19.

Se modifica el apartado 2 del artículo 6 del Decreto 29/2021 que queda redactado de la siguiente forma:

2. El importe global máximo de las ayudas que se concederán mediante este decreto será de 12.800.000,00 euros, que tendrá el siguiente desglose por tipo de persona o entidad beneficiaria.

2.1. Para las ayudas dirigidas a las personas o entidades beneficiarias correspondientes a la tipología A) indicada en el apartado 2 del artículo 2 de este decreto, se destinará un importe global máximo de 6.025.000,00 euros.

2.2. Para las ayudas dirigidas a las personas o entidades beneficiarias correspondientes a la tipología B) indicada en el apartado 2 del artículo 2 de este decreto, se destinará un importe global máximo de 6.775.000,00 euros.

Entrada en vigor: El 13 de julio de 2021.

2021_7610

CONVENIOS COLECTIVOS 9 Julio 2021 (OFYDES)

CONVENIOS COLECTIVOS

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA VIRIATO SEGURIDAD SL., (BOP. ALICANTE. NÚM. 59 DE 29 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial del 1/3/2021 al 31/12/2022 respecto del convenio colectivo de la empresa Viriato Seguridad SL código convenio 03100771012018. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_003463 (dip-alicante.es) 

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SPECIALLY FOR YOU SL, (BOP. ALICANTE. NÚM. 60 DE 30 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial para el año 2021 del convenio colectivo de la empresa Specially for you SL código convenio 03100212012014. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_003594 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA BANCA, (BOE.NÚM. 76 DE 30 DE MARZO).
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIV Convenio colectivo del sector de la banca. Código de convenio 99000585011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-5003 Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIV Convenio colectivo del sector de la banca.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA DIVIERTETE MIENTRAS COMES SLU. , (BOP. ALICANTE. NÚM. 62 DE 1 DE ABRIL).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación de la tabla salarial para el año 2021 respecto del Convenio Colectivo de la empresa Diviertete mientras comes SLU – Código Convenio 03100222012014. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2021/04/01_62/2021_003613.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ASOCIACIÓN VALENCIANA DE CARIDAD, (BOP. VALENCIA NÚM. 66 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre resolución del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo de la Asociación Valenciana de Caridad (código: 46006532012006). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA EDITORIAL DE PRENSA VALENCIANA, (BOP. VALENCIA NÚM. 66 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Editorial de Prensa Valenciana (Código: 46101775012021). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FAST FORWARD INVEST, SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 66 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Fast Forward Invest, SA. Código 46100251012015. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA INDUSTRIAS TRANSFORMADORAS DE MATERIAS PLÁSTICAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 66 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo de la industrias transformadoras de materias plásticas de València (código: 46001305011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA INDUSTRIAS TRANSFORMADORAS DE MATERIAS PLÁSTICAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 66 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo de la industrias transformadoras de materias plásticas de València (código: 46001305011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTAS ALIMENTICIAS, (BOE.NÚM. 87 DE 12 DE ABRIL).
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias. Convenio n.º 99003945011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-5755 Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE ALMACENISTAS DE ALIMENTACIÓN, (BOP. VALENCIA NÚM. 74 DE 21 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo de almacenistas de alimentación de la provincia de València (código: 46000905011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA EXPORMIM SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 76 DE 23 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Expormim SA. Código 46100462012014. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS, (BOP. CASTELLÓN NÚM. 49 DE 24 DE ABRIL).
Resolución y Tablas Salariales 2021 del convenio colectivo de trabajo de Odontólogos Y Estomatólogos de la provincia de Castellón. Código 12100024012011. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
01768-2021.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA UTE ALICANTE, (BOP. ALICANTE. NÚM. 82 DE 4 DE MAYO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Ute Alicante código convenio 03100262012014. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_005325 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA DENIA EXPRESS SL., (BOP. ALICANTE. NÚM. 82 DE 4 DE MAYO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial para el año 2021 del convenio colectivo de la empresa Denia Express SL. Código de Convenio 03100882012019. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_005327 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, (BOE.NÚM. 108 DE 6 DE MAYO).
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial y las tablas salariales para el año 2021 del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio. Convenio n.º 99001995011981.Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-7526 Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial y las tablas salariales para el año 2021 del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, SA, (BOP. VALENCIA NÚM. 85 DE 6 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA (Valencia Capital Zona Dos) de la provincia de València (Código: 46000491011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA GOZÁLBEZ Y DÍAZ, (BOP. VALENCIA NÚM. 85 DE 6 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Gozálbez y Díaz, SL, de la provincia de València. Código 46101474012018. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA SFS INSTALACIÓN 3 UTE, (BOP. VALENCIA NÚM. 85 DE 6 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa SFS Instalación 3 UTE de la provincia de València (código: 46100050012014). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO PARA LAS CAJAS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE AHORRO, (BOE.NÚM. 114 DE 13 DE MAYO).
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del artículo 39.1.h del Convenio colectivo para las cajas y entidades financieras de ahorro. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-7945 Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del artículo 39.1.h del Convenio colectivo para las cajas y entidades financieras de ahorro.

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTOR LABORAL DE RESTAURACIÓN COLECTIVA, (BOE.NÚM. 115 DE 14 DE MAYO).
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva para los años 2020 y 2021. Convenio n.º: 99100165012016.Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-8007 Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva para los años 2020 y 2021.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA CEMENTVAL MATERIALES DE CONSTRUCCION, SL, (BOP. VALENCIA NÚM. 91 DE 14 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Cementval Materiales de Construccion, SL (código: 46100041012010). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE COMERCIO DEL CALZADO, (BOP. VALENCIA NÚM. 91 DE 14 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo del sector de comercio del calzado. (Código 46000865011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE COMERCIO DE VIDRIO Y CERÁMICA, (BOP. VALENCIA NÚM. 91 DE 14 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de Comercio de Vidrio y Cerámica. Código 46000895011982. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA SFS INSTALACIÓN 3 UTE, (BOP. VALENCIA NÚM. 91 DE 14 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa SFS Instalación 3 UTE de la provincia de València (código: 46100050012014). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE NAVIERAS, CONSIGNATARIAS DE BUQUES Y EMPRESAS ESTIBADORAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 92 DE 17 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo sectorial de navieras, consignatarias de buques y empresas estibadoras de la provincia de València. (Código: 46000345011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DE LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL (TÉCNICOS), (BOE.NÚM. 120 DE 20 DE MAYO).
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo relativo a la revisión salarial y actualización de dietas, para el período abril a diciembre de 2021, del II Convenio colectivo de la Industria de la Producción Audiovisual (Técnicos). Convenio n.º 99012985012002. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-8425 Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo relativo a la revisión salarial y actualización de dietas, para el período abril a diciembre de 2021, del II Convenio colectivo de la Industria de la Producción Audiovisual (Técnicos).

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA PREVINSA, SL, CENTRO DE TRABAJO DE LA CENTRAL NUCLEAR DE COFRENTES, (BOP. VALENCIA NÚM. 97 DE 24 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Previnsa, SL, centro de trabajo de la Central Nuclear de Cofrentes (Código: 46100121012013). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA RECICLADOS INTEGRALES, SA ( RECISA), (BOP. VALENCIA NÚM. 97 DE 24 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Reciclados Integrales, SA ( RECISA) (código: 46006262012003). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE OFICINAS Y DESPACHOS, (BOP. VALENCIA NÚM. 97 DE 24 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo sectorial de Oficinas y Despachos de la provincia de València. (Código: 46000805011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERVICIOS DE LEVANTE SA, CENTRO ALBATERA/SAN ISIDRO, (BOP. ALICANTE. NÚM. 98 DE 26 DE MAYO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial para los años 2020 y 2021 respecto del convenio colectivo de la empresa Servicios de Levante SA, centro Albatera/San Isidro código convenio 03003281012000. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_006506 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ROJALES, (BOP. ALICANTE. NÚM. 98 DE 26 DE MAYO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación del Acuerdo parcial respecto del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Rojales a fin de revisar el valor de las horas por servicios extraordinarios código convenio 03004122012007. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_006507 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DE LA COOPERATIVA AGRÍCOLA CALLOSA D’EN SARRIÁ, (BOP. ALICANTE. NÚM. 99 DE 27 DE MAYO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la Cooperativa Agrícola Callosa d’en Sarriá código convenio 03100802012018. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_006590 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA GRÚAS JORDÁN, SL, (BOP. VALENCIA NÚM. 103 DE 1 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Grúas Jordán, SL (código: 46100222012013). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR METAL, (BOP. VALENCIA NÚM. 103 DE 1 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo sectorial de la industria, la tecnología y los servicios del sector metal de la provincia de València. Código 46000105011981. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE ESTACIONES DE SERVICIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA, (DOGV.NÚM. 9098 DE 2 DE JUNIO).
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el año 2021. (Código de convenio 80000185011992). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTOR DE FABRICANTES DE YESOS, ESCAYOLAS, CALES Y SUS PREFABRICADOS, (BOE.NÚM. 160 DE 6 DE JULIO).
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de revisión salarial y las tablas salariales para el año 2021 del VII Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados. Convenio n.º 99011915011998. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-11211 Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de revisión salarial y las tablas salariales para el año 2021 del VII Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA STV GESTIÓN PILAR DE LA HORADADA, (BOP. ALICANTE. NÚM. 106 DE 7 DE JUNIO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa STV Gestión Pilar de la Horadada. Código convenio 03004361012009. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
P2021_007046 (dip-alicante.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE COMERCIO DE MUEBLES, (BOP. VALENCIA NÚM. 109 DE 9 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de muebles. Código 46000835011981. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FAUS INTERNATIONAL FLOORING, SLU, (BOP. VALENCIA NÚM. 109 DE 9 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Faus International Flooring, SLU (código: 46100952012016). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA RESTAURANTES RAFAEL GONZÁLEZ, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 109 DE 9 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Restaurantes Rafael González, SL (código: 46100692012015). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE GRANDES ALMACENES, (BOE.NÚM. 139 DE 11 DE JUNIO).
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes. Convenio n.º 99002405011982. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-9764 Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes.

CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS EMPRESAS DEDICADAS A LOS SERVICIOS DE CAMPO, PARA ACTIVIDADES DE REPOSICIÓN Y SERVICIOS DE MARKETING OPERACIONAL, (BOE.NÚM. 139 DE 11 DE JUNIO).
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – BOE-A-2021-9765 Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional.

CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR METAL, (BOP. VALENCIA NÚM. 114 DE 12 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre resolución del acta de la comisión negociadora del Convenio Colectivo Sectorial de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector Metal. (Código: 46000105011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS, (BOP. VALENCIA NÚM. 114 DE 12 DE JUNIO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo del sector de supermercados y autoservicios (Código 46000265011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (dival.es)

CONVENIO COLECTIVO AUTONÓMICO DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA COMUNITAT VALENCIANA, (DOGV.NÚM. 9084 DE 14 DE JUNIO).
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del VII Convenio colectivo autonómico de centros y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana respecto de las tablas salariales de los colegios de Educación Especial para el año 2020 y 2021. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

CORONAVIRUS: Circular V Acuerdo Social en Defensa del Empleo y Real Decreto-ley 11/2021

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto le remito tres documentos relacionados con el V Acuerdo Social en Defensa del Empleo y el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos:

  1. Síntesis de las principales medidas previstas en el V Acuerdo y el RD-ley 11/2021.
  2. Cuadro de exoneraciones en ERTES COVID-19.
  3. Desarrollo de las medidas previstas en el V Acuerdo relativas a los trabajadores fijos-discontinuos.

OFYDES

1.-SINTESIS V ACUERDO y RD-LEY 11_2021

2.- Exoneraciones ERTES RDL 11_2021

3.-FIJOS-DISCONTINUOS

BOE RDL 11-2021 V ASDE

V Acuerdo Social Defensa Empleo 27052021

 

CORONAVIRUS: Ley 3/2021, Medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del Covid-19

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se ha publicado en el BOE, Ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.

La presente ley se estructura en cinco artículos, cuatro disposiciones adicionales y dos disposiciones finales

Mantenimiento de actividad y del empleo en centros sanitarios y sociales.

Durante la vigencia del presente estado de alarma y sus posibles prórrogas, los centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales o ambulatorios, y los centros sociales de mayores, personas dependientes o personas con discapacidad, como residencias y centros de día, ya sean de titularidad pública o privada, que sean considerados esenciales, no podrán tramitar ERTE.

Medidas extraordinarias para la protección del empleo

La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Medidas extraordinarias de desarrollo del artículo 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, para agilizar la tramitación y abono de prestaciones por desempleo.

El procedimiento de reconocimiento de la prestación contributiva por desempleo, para todas las personas afectadas por procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada basados en las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se iniciará mediante una solicitud colectiva presentada por la empresa ante la entidad gestora de las prestaciones por desempleo.

Esta solicitud se cumplimentará en el modelo proporcionado por la entidad gestora de las prestaciones por desempleo.

Además de la solicitud colectiva, se realiza comunicación de forma individualizada por cada uno de los centros de trabajo afectados con los contenidos que recoge el art.3.2 de esta Ley.

La comunicación referida en el apartado anterior deberá remitirse por la empresa en el plazo de 5 días desde la solicitud del expediente de regulación temporal de empleo en los supuestos de fuerza mayor a los que se refiere el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o desde la fecha en que la empresa notifique a la autoridad laboral competente su decisión en el caso de los procedimientos regulados en su artículo 23

La no transmisión de la comunicación regulada en los apartados anteriores se considerará conducta constitutiva de la infracción grave.

Medida extraordinaria aplicable a las sociedades cooperativas para la adopción de acuerdos en los procedimientos de suspensión total y/o parcial, en los términos previstos en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

Cuando por falta de medios adecuados o suficientes la Asamblea General de las sociedades cooperativas no pueda ser convocada para su celebración a través de medios virtuales, el Consejo Rector asumirá la competencia para aprobar la suspensión total o parcial de la prestación de trabajo de sus socias y socios y emitirá la correspondiente certificación para su tramitación.

Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.

La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, por las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales, respecto de las personas trabajadoras afectadas por estas.

Limitación de la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo

No podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19, entendiéndose, por tanto, que su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus posibles prórrogas.

La Disposición adicional segunda recoge el Régimen sancionador y reintegro de prestaciones indebidas.

Fecha de efectos de las prestaciones por desempleo derivadas de los procedimientos basados en las causas referidas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

La fecha de efectos de la situación legal de desempleo en los supuestos de fuerza mayor será la fecha del hecho causante de la misma.

Cuando la suspensión del contrato o reducción de jornada sea debida a la causa prevista en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, la fecha de efectos de la situación legal de desempleo habrá de ser, en todo caso, coincidente o posterior a la fecha en que la empresa comunique a la autoridad laboral la decisión adoptada.

Entrada en vigor: 13 de abril de 2021

BOE RD_ley 8_2020

BOE Ley 3_2021

AEAT-ADHESIÓN OFYDES CÓDIGO BUENAS PRÁCTICAS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS

ADHESIÓN OFYDES CÓDIGO BUENAS PRÁCTICAS TRIBUTARIAS

La Asociación Empresarial de Oficinas y Despachos de la Comunidad Valenciana, OFYDES, ha sido adherida al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios, según nos comunicó la Agencia Tributaria con fecha 9 de diciembre.

Asimismo, puede consultarlo en la relación de entidades adheridas a dicho Código.

Se adjunta el procedimiento disponible en la sede electrónica para que los asociados puedan adherirse como profesionales tributarios.

Procedimiento de adhesión de los profesionales tributarios al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios

Se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de Colaboración Social, los trámites de Profesionales Tributarios relacionados con el Código de Buenas Prácticas, que permiten solicitar la adhesión a dicho Código.

Procedimiento de adhesión de los profesionales tributarios al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios

El Código de Buenas Prácticas aprobado en el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios el 2 de julio de 2019, establece en su Apartado III B. el procedimiento de adhesión:
“La decisión de adhesión de los intermediarios fiscales se comunicará a la Agencia Tributaria, siendo posible comunicar en cualquier momento su baja.
La adhesión y baja deberán ser a la totalidad del Código, no siendo admisible la adhesión o baja parcial a apartados específicos del mismo.
La Agencia Tributaria podrá informar en su web de cuáles son los intermediarios fiscales adheridos al Código, siempre que obtenga su consentimiento expreso a través de la Secretaría Técnica del Foro.”

NORMAS DE ADHESIÓN

  • Podrán adherirse todos los profesionales tributarios que desarrollen toda o parte de su actividad en territorio español.
  • El profesional tributario accederá al trámite de Sede electrónica disponible en:
    Trámites de colaboradores sociales relacionados con el Código de Buenas Prácticas
  • El profesional tributario deberá ser asociado o colegiado de una Asociación o Colegio que haya suscrito el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales o la Adenda al Código de Buenas Prácticas de profesionales tributarios. Si perteneciera a varios, deberá elegir una Asociación o Colegio a estos efectos.
  • En caso de que ninguna Asociación o Colegio a los que pertenezca el profesional tributario hubiera firmado el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales o la Adenda al Código de Buenas Prácticas de profesionales tributarios, se comunicará al profesional solicitante.
  • Habiéndose producido la adhesión, y siempre que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso del profesional tributario afectado indicado en el formulario presentado, la Agencia Tributaria publicará la relación de profesionales tributarios adheridos al Código de Buenas Prácticas en su página web.