CORONAVIRUS: Criterio Técnico DGTBSL ERTES FUERZA MAYOR IMPEDIMENTO/LIMITACIÓN ACTIVIDAD RD-l 30/20

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Por su interés, adjunto se remite el Criterio de Actuación de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral en relación con los ERTES de Fuerza Mayor por Impedimento o por Limitación de Actividad previstos en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de Medidas Sociales en Defensa del Empleo.

En el mismo se deja claro que podrán acogerse a estas medidas todas las empresas que vean impedida/limitada su actividad como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas o extranjeras (impedimento) o españolas (limitación).

La autoridad laboral resolverá limitándose a constatar la existencia o no de la causa de FM, en los términos señalados en el párrafo anterior, incluso si el sentido del Informe preceptivo de la ITSS contenga un criterio contrario a su aprobación.

Aquellas empresas que hayan recibido resoluciones desfavorables de solicitudes de FM por impedimento o limitación con anterioridad a la fecha de hoy, basadas en criterios restrictivos del informe de la ITSS, deberán impugnarlas mediante el recurso administrativo pertinente.

Criterio DGTBSL ERTE Impedimento Limitación_firmado

Criteri DGTBSL ERTO Impedident Limitacio_firmado (1)

CORONAVIRUS: Resolución de 29 de octubre de la Conselleria de Sanidad medidas adicionales en varios municipios de la Comunitat Valenciana

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

En el día de hoy se ha publicado en el DOGV la Resolución de 29 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la se acuerda medidas adicionales en los municipios de Morella, Nules, Onda y Vinaròs en la provincia de Castellón; Algemesí y Guadassuar en la provincia de Valencia; y Crevillent, Elche, Elda, Ibi, Muro de Alcoi, Petrer, Pinoso, los 18 municipios que conforman el departamento de salud de Orihuela: Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejuzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Granja de Rocamora, Jacarilla, Orihuela y sus pedanías (La Aparecida, Rincón de Bonanza, Desamparados, Arneva, Hurchillo, La Murada, La Matanza, La Campaneta, San Bartolomé, Virgen del Camino, Molins, Correntias, El Escorratel), y Rafal, Redovan y San Isidro, en la provincia de Alicante, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 que viven esos municipios.

Se destacan las siguientes medidas a adoptar en el ámbito empresarial:

Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales.

  • Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán reducir a 1/3 el aforo total en los establecimientos y locales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas, deberá guardar esta misma proporción.
  • En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria (mercadillos), se podrán instalar hasta un máximo del 50 % de los puestos habitualmente autorizados, pudiendo, alternativamente aumentar el espacio disponible, de manera que se produzca un efecto equivalente para garantizar que se mantenga la distancia de seguridad y se eviten las aglomeraciones.

Medidas relativas a centros y parques comerciales.

  • Los centros y parques comerciales, incluidas sus zonas comunes y recreativas, han de garantizar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
  1. a) Que se limite a un 1/3 del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos.
  2. b) No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, incluidas las áreas de descanso excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales.
  3. c) Deberán estar cerradas las zonas recreativas como parques infantiles o similares.
  • Lo previsto en este apartado no será de aplicación a la actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en dichas zonas comunes que se regirán por las reglas establecidas para la actividad de hostelería y restauración en esta resolución.

Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.

  • El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo.
  • No se permite los servicios tipo self-service o bufet.

Medidas relativas a los hoteles y alojamientos turísticos.

  • Las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar 1/3 de su aforo.
  • Para los servicios de restauración, se estará a lo descrito en el punto que ordena las medidas de establecimientos de hostelería y restauración.
  • Alojamientos que ofrecen habitaciones colectivas: las personas pertenecientes a distintos grupos de convivencia no podrán pernoctar en la misma estancia.

Medidas relativas a los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre.

  • Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios cerrados similares podrán desarrollar su actividad con el público sentado y siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado en cada espacio cerrado. Se recomienda no comer ni beber en el interior de las salas. Las entradas han de ser numeradas y los asientos preasignados con identificación de las personas que los ocupen.
  • En el caso de recintos y establecimientos en los que se celebren actos y espectáculos al aire libre, el público ha de permanecer sentado y no se podrá superar el 50 % del aforo autorizado.

Medidas relativas a actividades de guía turístico.

Las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 6 personas.

Medidas relativas a centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios.

Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.

Medidas relativas a congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos.

  • La celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, se llevará a cabo sin superar en ningún caso 1/3 del aforo en cada uno de los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, y otros establecimientos e instalaciones similares, incluyendo las de las instituciones feriales de la Comunitat Valenciana.
  • Lo previsto en el punto anterior será igualmente de aplicación a la realización, por parte de personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, de actividades y talleres informativos y de divulgación en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, dirigidos a todo tipo de público, y que tengan por objeto el aprendizaje y la divulgación de contenidos relacionados con la I+D+i.

Medidas relativas a locales y establecimientos en los que se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

Podrán desarrollarse las actividades en casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego, siempre que no se supere 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas. La ocupación máxima de cada mesa será de 6 personas.

Eficacia La presente resolución producirá efectos durante un periodo de 14 días naturales a contar desde las 00.00 horas del día 31 de octubre de 2020.

2020_9092

CORONAVIRUS: Nuevos señalamientos de la Fundación Tribunal de Arbitraje Laboral C.V. durante el Estado de Alarma

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

La gerencia del Tribunal de Arbitraje Laboral nos ruega difundamos el siguiente comunicado referido a la celebración preferente de las mediaciones de manera telemática durante la vigencia del estado de alarma.

“Como sabéis, la situación sanitaria se está torciendo de nuevo y fruto de ello es la adopción de las nuevas medidas legales de este fin de semana, nacionales y autonómicas. La intención de las mismas es frenar, en la medida de lo posible, la propagación de la pandemia, limitando la movilidad y las reuniones de grupos de personas. En principio, en estas limitaciones no están incluidas las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable. No obstante, estimamos necesario contribuir para lograr ese objetivo y adoptar aquellas medidas que minimicen los riesgos a los que nos vemos expuestos quienes hacemos uso de la actividad del Tribunal: personal usuario, asesor, mediador y técnico. Por ello, actualizando el protocolo de actuación frente al coronavirus, como medida preventiva y teniendo las herramientas adecuadas para ello, las nuevas mediaciones se señalarán prudencial, transitoria y preferentemente, para que tengan lugar de manera telemática; salvo que, excepcionalmente, y con causa justificada, deba celebrarse de manera presencial; en cuyo caso se adoptarán las medidas establecidas en el protocolo, con la restricción de aforo adecuado.

Ruego que, a poder ser, se trasladen estas medidas, para su conocimiento, a vuestros federados y asociados”.

CORONAVIRUS: Información Gestión ERTEs ante el SEPE – R.D. LEY 30/2020

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Le remito la siguiente información recibida desde la Dirección Territorial del SEPE relacionada con la aplicación del Real Decreto-ley 30/2020, en materia de gestión de ERTES ante el SEPE:

  • Instrucciones  de la Dirección General del SEPE para la aplicación del Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre, firmadas el 19/10/2020, disponibles en la web del SEPE:  https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/instrucciones-directrices.html
  •  Respuesta a preguntas generales, a la luz de la nueva instrucción de aplicación del Real Decreto Ley 30/2020.
  • Calendario de las fechas previstas de procesos de ficheros XML en los próximos meses. En las fechas señaladas se procesa la información remitida por las empresas o sus representantes mediante la aplicación Certific@  a efectos de reconocimiento y pago de prestaciones.

FAQS OCTUBRE 2020 ERTES

Calendario de procesos Unicas 2020 (2)

CORONAVIRUS: RD 926/2020, por el que se declara el estado de alarma

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

En el BOE de hoy se ayer se publicó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

La declaración de estado de alarma afecta a todo el territorio nacional y finalizará a las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.

BOE-A-2020-12898

CORONAVIRUS: Folleto informativo medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana ante la crisis sanitaria

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto se remite folleto informativo en castellano y valenciano de las medidas aprobadas en la Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria.

Medidas Covid CV resumen valenciano

Medidas Covid CV resumen castellano

Novedades 19 Octubre 2020(OFYDES)

LEGISLACION

MODELOS DE CERTIFICACIÓN COLECTIVA DE CRÉDITOS LABORALES, INCLUIDOS EN LA LISTA DE ACREEDORES DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL, (BOE.NÚM. 273 DE 15 DE OCTUBRE).
Resolución de 13 de octubre de 2020, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueban los modelos de certificación colectiva de créditos laborales, incluidos en la Lista de Acreedores del procedimiento concursal, que han de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Real Decreto legislativo 2/2015, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12337IMPUESTO SOBRE DETERMINADOS SERVICIOS DIGITALES, (BOE.NÚM. 274 DE 16 DE OCTUBRE).
Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12355

IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS, (BOE.NÚM. 274 DE 16 DE OCTUBRE).
Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12356

AYUDAS, SUBVENCIONES

PROGRAMA DE RENOVACIÓN DEL PARQUE CIRCULANTE ESPAÑOL EN 2020 (PLAN RENOVE 2020, (BOE.NÚM. 275 DE 15 DE OCTUBRE).
Orden ICT/971/2020, de 15 de octubre, por la que se desarrolla el programa de renovación del parque circulante español en 2020 (Plan Renove 2020) y se modifica el Anexo II del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12463

Servicios

Firma Convenio de Colaboración con Valentía Medical

COACValencia ha firmado un Convenio de Colaboración con Valentía Medical, fabricante de mascarillas homologadas. Se trata de una empresa valenciana que fabrica las mascarillas aquí y en Portugal.

El objetivo de este Convenio es facilitar el acceso a los Colegiados la oferta de servicios que ofrece VALENTIA MEDICAL SL, con unos descuentos especiales.

Gracias a este convenio puedes comprar mascarillas higiénicas-quirúrgicas Tipo II – II R de alta protección con un descuento especial.

Para realizar la compra, entra en la Web del Colegio, haz click en el banner de Valentía Medical y te explicará el proceso de compra. Solicita tu código promocional enviando un correo a agcomer@coacvalencia.es  o por teléfono en el teléfono 963 518 409, con este código aplicándolo en la cesta de compra tendrás un 20% de descuento.

Aprovecha las ventajas exclusivas para los Colegiados.

Firma Convenio de Colaboración con IVADE-Agrupación Medica

El Colegio, consciente de la situación actual y de la importancia que tiene para nuestro trabajo la salud y transmitir seguridad, ha firmado un Convenio de Colaboración con IVADE – Agrupación Clínica. El objeto de este acuerdo es facilitarte el acceso a las pruebas para detectar el coronavirus (COVID-19) con precios exclusivos para Colegiados y Familiares.

Pruebas de detección del coronavirus (COVID-19) que puedes realizar:

  • Test Serológico (sangre) – 55€
  • Test PCR (muestra con isopo de fluidos obtenida a través de la nariz y boca) – 90€
  • Test serológico y PCR conjuntamente – 130€

Para poder acceder a la realización de estas pruebas envía un correo a agcomer@coacvalencia.es  o llama por teléfono al 963 518 409, te daremos el nombre de la persona de contacto y el código que deberás utilizar.

IVADE- Agrupación Clínica está situada en frente del Colegio (Cronista Carreres nº8), con más de 25 años de experiencia médica, cuenta con más de 20 especialidades clínicas y 30 facultativos médicos, todos con gran experiencia y prestigio en sus respectivos campos y especialidades. IVADE utiliza las mejores técnicas de diagnóstico, tratamientos médicos y las técnicas más avanzadas.

Difusión y Comunicación

Implementación Web

El Colegio quiere que su Página Web, sea una herramienta útil y eficaz para sus Colegiados. Con el afán de mejorar sus servicios se han hecho algunas actualizaciones y mejoras que indicamos a continuación.

En primer lugar, destacar que en «Ventajas Colegiados» en el apartado descargas encontrarás «Documentos de Interés (Sólo para Colegiados)».Se trata de documentos que puedes descargar, muy interesantes en los ámbitos laboral, fiscal, del RGPD e internacionalización.

En el menú «Ventajas Colegiados», en «Convenios y Descuentos», en el apartado de  SEGUROS MEDICOS Y SERVICIOS SANITARIOS, podrás acceder a los banners de Valentía Medical y de IVADE-Agrupación Médica, últimas entidades con las que hemos firmado convenios de colaboración.

En el menú de «Formación», en el apartado de «Formación Online» hemos puesto el enlace: JORNADAS FORMACIÓN / TECNICAS / ACTIVIDADES ONLINE 2020 que te lleva al calendario de las Jornadas de Formación, Técnicas y Actividades online que hace el Colegio.

Seguiremos implementando la Web con nuevos contenidos de interés para los Colegiados.

El trabajo en remoto

Aunque la dinámica habitual en los Agentes Comerciales ha sido siempre la de viajar, visitar y estudiar a los clientes sobre el terreno, últimamente, debido a la situación de pandemia que padecemos, muchos de nuestros colegas se han visto en la necesidad de teletrabajar durante el confinamiento.

Confiamos que esta situación de aislamiento no se repita, pero, por otra parte, muchos Colegiados trabajan en su casa, y es allí donde tienen su Despacho. Esperamos ayudarles con estos consejos.

El trabajo en remoto ha dejado de ser una práctica eventual para convertirse en una modalidad que ha llegado para quedarse. Si hace unos meses representaba una opción casi residual entre empresas y trabajadores, hoy son miles de personas las que desarrollan su jornada laboral desde casa. Pero ¿lo hacen en un lugar apropiado?.

Construir un espacio de trabajo en casa es fundamental para poder desempeñar el ejercicio profesional en condiciones. Aunque para salir del paso una mesa, una silla, un ordenador y una conexión a internet pueden ser suficientes, si la práctica se alarga en el tiempo, hay que reinventar el hogar para incluir una auténtica oficina en casa. ¿No sabes por dónde empezar? Saca papel y lápiz porque te contamos cómo construir un espacio de trabajo en casa paso a paso.

Analiza tus necesidades y opciones

El primer paso para diseñar una oficina doméstica que cumpla con tus expectativas es tener claro qué necesitas y cuáles son tus opciones. No es lo mismo trabajar con un portátil que utilizar a diario un sobremesa con dos pantallas, como tampoco es igual dedicar tus horas de trabajo a labores creativas que a tareas que requieran de una concentración extrema.

Lo ideal, en cualquier caso, es disponer de un espacio independiente en el que poder ubicar tu oficina en casa. Una habitación en desuso, una terraza cerrada, la buhardilla… No es solo que esa independencia propicie la concentración, sino que, al terminar tu jornada laboral, también podrás marcar los límites con el trabajo.

Orden y luz natural, grandes aliados

Una casa ordenada ayuda a tener una mente y una vida ordenadas, al menos, eso es lo que proclaman muchos expertos y gurús del orden. Si hablamos de trabajo, la máxima se cumple a la perfección. Elegido el lugar ideal para teletrabajar dentro de tu casa, hay que apostar por una organización que te permita tener a mano todo lo necesario con facilidad.

Apilar papeles, acumular objetos sobre tu mesa de trabajo o no respetar el espacio de laboro puede ir en contra de tus intereses profesionales. Pero hay más. También es importante que, a la hora de construir un espacio de trabajo en casa apuestes por aquel que tenga una buena iluminación. Siempre que sea posible utiliza la luz natural y, si no, procura hacerte con unos sistemas de iluminación artificial capaces de garantizar unas condiciones óptimas frente al ordenador.

Un mobiliario apropiado

Tan importante como el espacio, el orden o la iluminación es disponer de un mobiliario apropiado. La idílica estampa de ir todo el día en pijama dista bastante de la realidad del teletrabajo y, en lo que respecta al espacio, tampoco todo vale. Si tenemos en cuenta que tu jornada laboral será igual (e incluso superior en ocasiones) a las horas que cualquier otro trabajador que lo hace en una oficina ¿por qué iban a ser distintas tus necesidades en términos de mobiliario?

Teletrabajo

Una buena mesa es fundamental, lo mismo que una silla con la que, al final del día, no sientas que tu espalda se resiente. Junto a los ‘básicos’ de cualquier espacio de trabajo en casa, siempre puedes añadir recursos que te faciliten tu labor. Estantes, cajoneras, archivadores… Cualquier accesorio que te ayude a mantener el orden y tener todo a mano, será bienvenida.

Evita distracciones

La gran mayoría de los trabajadores concibe la idea de trabajar en remoto como una ventaja. En efecto, poder desarrollar tu jornada laboral desde cualquier lugar lo es, aunque en la práctica también implica un gran ejercicio de responsabilidad. Tanto es así que, a la hora de construir tu espacio de trabajo en casa, no solo hay que elegir bien su ubicación o mobiliario, sino que hay que propiciar una atmósfera que invite a la concentración.

Eliminar las distracciones es un buen punto de partida. Evita, por ejemplo, ubicar tu zona de trabajo con vistas a la cama (quizás la estampa resulte demasiado tentadora) y procura evitar el exceso de decoración. El minimalismo puede convertirse en tu mejor aliado para concentrarte en tus tareas y olvidar, por un momento, que la libertad que te permite el teletrabajo también puede convertirse en tu mayor enemiga.

Planificación en una atmósfera apropiada

La psicología del color también puede ayudarte a construir tu espacio de trabajo en casa y es que la paleta cromática está llena de tonos capaces de propiciar tu concentración. Sin que supongan un elemento distorsionador, las plantas o las láminas con mensajes inspiracionales también contribuyen a dar vida a una atmósfera apropiada.

En todo caso, sin duda la mejor de las maneras de optimizar tus jornadas de teletrabajo es la planificación. Más allá del espacio en sí, no olvides que estás trabajando y, si no quieres pasar todo el día frente al ordenador, es importante que respetes tus tiempos, cumplas tus tareas y te asegures de establecer una rutina de trabajo en remoto adecuada.

Esperamos haberte ayudado con estos pequeños consejos.