NOVEDADES AEAT

En el Portal AEAT se han publicado las siguientes novedades:

Nueva forma de apoderamiento electr贸nico

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Nueva_forma_de_apoderamiento_electronico.shtml

El contexto actual de crisis sanitaria aconseja potenciar medidas que faciliten la realizaci贸n de tr谩mites por v铆a electr贸nica.
Con este objetivo, se ha establecido un nuevo tr谩mite para poder realizar el apoderamiento ante la AEAT sin necesidad de realizar desplazamientos a las oficinas.
En este sentido, debe se帽alarse que el alta del poder para tr谩mites tributarios pod铆a realizarse, hasta el momento, mediante las siguientes formas:

  • Por internet, mediante el uso de certificado electr贸nico reconocido o Cl@ve (del poderdante).
  • Mediante comparecencia personal en las oficinas de la AEAT.
  • Mediante documento p煤blico o documento privado con firma notarialmente legitimada presentado ante la Agencia Tributaria.

Para facilitar la tramitaci贸n electr贸nica de este procedimiento, y especialmente para aquellos casos en los que el poderdante no tenga identificaci贸n electr贸nica para apoderar, se ha habilitado una nueva forma de dar de alta el poder de representaci贸n, a trav茅s de la Sede Electr贸nica de la AEAT, sin intervenci贸n del poderdante.
Para esos casos se ha previsto la posibilidad de presentaci贸n de la escritura de poder en el Registro Electr贸nico de la Agencia Tributaria para generar el apoderamiento, a trav茅s del tr谩mite Solicitar alta de poder para tr谩mites tributarios, incluido en el procedimiento Apoderamiento para la realizaci贸n de tr谩mites y actuaciones en materia tributaria por Internet
En esta modalidad de solicitud de incorporaci贸n de poderes al Registro de apoderamientos no es necesario que participe el poderdante, pues ya en su momento otorg贸 el poder ante el fedatario p煤blico correspondiente.
As铆, estas escrituras de poder otorgadas para la realizaci贸n de tr谩mites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria pueden ser presentadas por el propio apoderado con su certificado electr贸nico o Cl@ve.
Tras la presentaci贸n, se incorporar铆a el poder en el Registro de apoderamientos, previa revisi贸n por la AEAT de la subsistencia del poder otorgado en la escritura notarial.
驴C贸mo se presentan las escrituras de poder otorgadas?
El apoderado las presentar铆a por Internet ante la Agencia Tributaria con su certificado electr贸nico o Cl@ve, tras lo cual se incorporar铆a el poder en el Registro de apoderamientos, previa revisi贸n por el funcionario habilitado para ello, y mediante dos formas:

  • Aportaci贸n en el Registro Electr贸nico de la Agencia Tributaria de escrituras electr贸nicas de apoderamiento o copias electr贸nicas de las mismas, reguladas en el art. 17 bis de la ley del Notariado y que cumplan los requisitos en 茅l establecidos.
  • Aportaci贸n de las escrituras de apoderamiento en formato pdf presentadas a tal efecto en el Registro Electr贸nico de la Agencia Tributaria.

Un saludo,


Coordinaci贸n Delegaci贸n Especial AEAT Valencia