MOVELE 2015. Programa de subvenciones del Ministerio de Industria, Energía, y Turismo, destinado a la adquisición de vehículos eléctricos nuevos

Se ha publicado en el BOE del pasado 18 de abril, la convocatoria del Programa de subvenciones del Ministerio de Industria, Energía, y Turismo, destinado a la adquisición de vehículos eléctricos nuevos (MOVELE 2015)

Actuaciones apoyables
Adquisición de vehículos eléctricos nuevos directamente, o mediante operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo de contrato mínimo 2 años), matriculados por primera vez en España, que aparezcan en el Catálogo MOVELE de de las siguientes categorías:

  • Turismos M1, destinados al transporte de personas (se exceptúan los turismos eléctricos o híbridos enchufables de más de 40.000 €)
  • Furgonetas o camiones ligeros N1 y N2 (masa máxima autorizada hasta 12.000 kg), destinadas al transporte de mercancías.
  • Autobuses o autocares M2 y M3, destinados al transporte de personas.
  • Cuadriciclos ligeros L6e y pesados L7e.

Límite máximo de adquisición de vehículos por parte de un mismo beneficiario: hasta 30 vehículos para autónomos y entidades públicas o privadas con personalidad jurídica, y un vehículo para el caso de personas físicas.

Beneficiarios
Se considera como beneficiario al titular de la matriculación del vehículo en el caso de adquisiciones o leasing financiero, y al arrendatario del contrato en el caso de operaciones de renting o leasing operativo. En cualquier caso, deberán ser:

  • Personas físicas residentes en España. Si son profesionales autónomos deberán estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Empresas privadas constituidas en España, de naturaleza jurídica tal que su NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
  • Entidades locales, Administraciones de las Comunidades Autónomas y sus entidades públicas vinculadas o dependientes.

Subvención
Directa, por orden de presentación de solicitud:

  • Turismos M1: entre 2.700 y 6.000 €, según la autonomía del vehículo exclusivamente eléctrica y si el beneficiario es familia numerosa o discapacitado con movilidad reducida.
  • Autobuses y autocares M2, y vehículos comerciales N1 y N2: 8.000 €, si la autonomía del vehículo exclusivamente eléctrica es > 60 Km.
  • Autobuses y autocares M3: 20.000 €, si la autonomía del vehículo exclusivamente eléctrica es > 60 Km.
  • Cuadriciclos ligeros L6e: 1.950 € (2.250 € si el beneficiario es familia numerosa o discapacitado con movilidad reducida).
  • Cuadriciclos pesados L7e: 2.350 € (2.650 € si el beneficiario es familia numerosa o discapacitado con movilidad reducida)

Solicitudes y plazo máximo
La presentación de solicitudes se realizará a través de los puntos de venta de vehículos adheridos al Programa MOVELE 2015, estos efectuarán en el momento de la venta del vehículo un descuento con el importe de la subvención, en el precio de adquisición del vehículo.  
El plazo máximo de admisión de solicitudes será el 31 de diciembre de 2015, salvo que antes de esa fecha se agote el presupuesto asignado.

Más información
Convocatoria: Real Decreto 287/2015, de 17 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2015 (Programa MOVELE 2015) (BOE de 18/4/2015)

Documento elaborado por la CEV que recoge una síntesis de los programas nacionales y autonómicos existentes, destinados a la adquisición de vehículos