Novedades 6 Mayo 2025 (OFYDES)
HACIENDA
SERVICIOS VERI*FACTU YA DISPONIBLES
Desde el día 23/04/2025, con una antelación de tres meses con respecto a la fecha prevista, están disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria los siguientes servicios correspondientes al Real Decreto 1007/2023.
Se adjunta enlace de la Agencia Tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/2025/abril/30/servicios-verifactu-disponibles.html
AYUDAS, SUBVENCIONES
SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRENDE Y CONTRATA 2025, (BOP. VALENCIA NÚM. 83 DE 5 DE MAYO).
Anuncio del Ayuntamiento de València sobre la convocatoria de subvenciones destinadas a Emprende y Contrata 2025. Identificador BDNS: 827937. Ayuntamiento de Valencia
AYUDAS A COLEGIOS PROFESIONALES, ASOCIACIONES EMPRESARIALES Y ASOCIACIONES PROFESIONALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN EN MATERIA DE INNOVACIÓN DISRUPTIVA E INTELIGENCIA ARTIFICIAL, (DOGV. N º 10101 DE 6 DE MAYO).
Resolución de 15 de abril de 2025, por la que se convocan las ayudas a colegios profesionales, asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de la Comunitat Valenciana destinadas a la realización de acciones de formación en materia de innovación disruptiva e inteligencia artificial, para el ejercicio 2025. Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
2025_12301_es.pdf
Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2025, por la que se convocan las ayudas a colegios profesionales, asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de la Comunitat Valenciana destinadas a la realización de acciones de formación en materia de innovación disruptiva e inteligencia artificial, para el ejercicio 2025.
2025_14281_es.pdf
AYUDAS PARA IMPULSO DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR INNOVADOR NACIONAL DENTRO DEL PROGRAMA IMPULSO DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR INNOVADOR, (BOE. N º 109 DE 6 DE MAYO).
Extracto de la resolución de 24 de abril de 2025 de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se convocan ayudas para impulso del ecosistema emprendedor innovador nacional dentro del Programa Impulso del Ecosistema Emprendedor Innovador para actuaciones realizadas o a realizar en 2025.
Ministerio de Industria y Turismo
BOE-B-2025-16128 Extracto de la resolución de 24 de abril de 2025 de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se convocan ayudas para impulso del ecosistema emprendedor innovador nacional dentro del Programa Impulso del Ecosistema Emprendedor Innovador para actuaciones realizadas o a realizar en 2025.
CONVENIOS COLECTIVOS
CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DEL SECTOR DE CONTACT CENTER, (BOE. NÚM. 106 DE 2 DE MAYO).
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de aprobación y actualización de las tablas salariales para el año 2025 del III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center. convenio n.º 99012145012002.Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE-A-2025-8781 Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de aprobación y actualización de las tablas salariales para el año 2025 del III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE EMPRESA DE AMARRADORES DEL PUERTO DE VALENCIA, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 82 DE 2 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo sobre el texto del convenio colectivo de trabajo de empresa de Amarradores del Puerto de Valencia, SL. Código: 46003872011992. Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DE MARROQUINERÍA Y SIMILARES, (BOP. ALICANTE Nº 82 DE 2 DE MAYO).
Corrección error Artículo 16 (Plus Transporte) del Convenio Colectivo de la Industria de Marroquinería y Similares de la provincia de Alicante.
2025_002994.pdf
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA BENGA FOOD SL., (BOP. CASTELLÓN Nº 53 DE 3 DE MAYO).
Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo de la empresa BENGA FOOD, S.L.,
Servicio Territorial de Trabajo.
01662-2025-es.pdf
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA UTE SANEAMIENTO URBANO DE CASTELLON (RECOGIDA DE BASURAS Y LIMPIEZA URBANA DE CASTELLON), (BOP. CASTELLÓN Nº 53 DE 3 DE MAYO).
Convenio colectivo de la empresa UTE Saneamiento Urbano de Castellon (recogida de basuras y limpieza urbana de Castellon), código 12002152012010. Servicio Territorial de Trabajo.
01661-2025-es.pdf
CONVENIO COLECTIVO DE REMOLQUES DEL MEDITERRANEO, S.A., (BOP. CASTELLÓN Nº 54 DE 6 DE MAYO).
Acuerdo de modificación del convenio colectivo de Remolques del Mediterraneo, S.A. Servicio Territorial de Trabajo.
01705-2025-es.pdf
Novedades 22 Abril 2025 (OFYDES)
LEGISLATIVAS
MODIFICACIÓN.CALENDARIO DE FIESTAS LOCALES, RETRIBUIDAS Y NO RECUPERABLES CV. 2025, (DOGV. N º 10088 DE 15 DE ABRIL).
Resolución de 10 de abril de 2025, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de noviembre de 2024, del conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprobó el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el año 2025. Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
2025_11503_es.pdf
MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE PERSONAL DEL SISTEMA VALENCIANO DE SALUD; Y, DE ORGANIZACIÓN, GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS Y EDUCATIVOS, PARA DAR RESPUESTA Y FAVORECER LA RECUPERACIÓN DESPUÉS DE LAS GRAVES INUNDACIONES ACONTECIDAS EL 29 DE OCTUBRE, (DOGV. N º 10089 DE 16 DE ABRIL).
Ley 1/2025, de 15 de abril, de la Generalitat, de medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud; y, de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos, para dar respuesta y favorecer la recuperación después de las graves inundaciones acontecidas el 29 de octubre de 2024, en la Comunitat Valenciana. Presidencia de la Generalitat.
2025_12077_es.pdf
MEDIDAS URBANÍSTICAS URGENTES PARA FAVORECER LAS TAREAS DE RECONSTRUCCIÓN DESPUÉS DE LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LA DANA, (DOGV. N º 10089 DE 16 DE ABRIL).
Ley 2/2025, de 15 de abril, de la Generalitat, de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción después de los daños producidos por la DANA. Presidencia de la Generalitat.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana
LIMITACIÓN DE LA CUANTÍA INICIAL DE LAS PENSIONES PÚBLICAS Y REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE LAS PENSIONES DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO Y DE OTRAS PRESTACIONES SOCIALES PÚBLICAS, (BOE. N º 92 DE 16 DE ABRIL).
Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2025.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
BOE-A-2025-7660 Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2025.
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL., (DOGV. N º 10092 DE 22 DE ABRIL).
Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y transformación digital. Presidencia de la Generalitat / Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo / Conselleria de Hacienda y Economía
2025_11622_es.pdf
AYUDAS, SUBVENCIONES
SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS PERTENECIENTES A DETERMINADOS COLECTIVOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA, (DOGV. N º 10090 DE 17 DE ABRIL).
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General, por la que se modifica la Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos de atención prioritaria para el empleo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
2025_12143_es.pdf
AYUDAS PARA MEJORAR EL POSICIONAMIENTO DEL SECTOR TURÍSTICO, (DOGV. N º 10092 DE 22 DE ABRIL).
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Presidencia, por la que se convocan las ayudas para mejorar el posicionamiento del sector turístico para el año 2025. Programa 1. Turisme Comunitat Valenciana.
2025_11346_es.pdf
Novedades 17 Marzo 2025 (OFYDES)
DANA
AYUDAS URGENTES DIRIGIDAS A LA REACTIVACIÓN DEL TEJIDO ASOCIATIVO Y COMUNITARIO EN LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR EL TEMPORAL DE VIENTO Y LLUVIAS INICIADO EN LA COMUNITAT VALENCIANA EL 29 DE OCTUBRE, (DOGV. N º 10064BIS DE 11 DE MARZO).
Resolución de 11 de marzo de 2025, de ampliación de plazo del Decreto 20/2025, de 11 de febrero de 2025, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a la reactivación del tejido asociativo y comunitario en los municipios afectados por el temporal de viento y lluvias iniciado en la Comunitat Valenciana el 29 de octubre de 2024.Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
2025_5904_es.pdf
AYUDAS DIRIGIDAS A LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS DE LAS ZONAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA AFECTADAS POR LA DANA (CONVOCATORIA 2025), (DOGV. N º 10065 DE 12 DE MARZO).
Decreto 40/2025, de 11 de marzo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 16/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la DANA (convocatoria 2025). Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
2025_5683_es.pdf
AYUDAS DIRECTAS A LAS EMPRESAS CON ACTIVIDAD EN LA COMUNITAT VALENCIANA, PARA CUBRIR LOS COSTES FINANCIEROS POR OPERACIONES DE FINANCIACIÓN DE CIRCULANTE Y DE INVERSIONES OTORGADAS POR ENTIDADES FINANCIERAS CON AVAL DE UNA SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA PARA PALIAR LOS DAÑOS CAUSADOS EN LA COMUNITAT VALENCIANA POR LA DEPRESIÓN AISLADA EN NIVELES ALTOS (DANA), (DOGV. N º 10065 DE 12 DE MARZO).
Decreto 41/2025, de 11 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 190/2024, de 17 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y la concesión de ayudas directas a las empresas con actividad en la Comunitat Valenciana, para cubrir los costes financieros por operaciones de financiación de circulante y de inversiones otorgadas por entidades financieras con aval de una sociedad de garantía recíproca para paliar los daños causados en la Comunitat Valenciana por la depresión aislada en niveles altos (DANA) iniciada el 29 de octubre de 2024. Conselleria de Hacienda y Economía.
2025_5684_es.pdf
HACIENDA
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AYUDAS Y SUBVENCIONES
CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, MICROEMPRESAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE AUTOEMPLEO, EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2025, (BOE. N º 62 DE 13 DE MARZO).
Orden TDF/240/2025, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital). Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
BOE-A-2025-5041 Orden TDF/240/2025, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
CONVENIOS COLECTIVOS
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Resolución de 22 de enero de 2025 por la que se publica el Mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Con fecha 29 de enero de 2025 se ha publicado la Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Acuerdo por el que se establecen las condiciones del mecanismo para la financiación de empresas en zonas afectadas por la DANA a través del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP) F.C.P.J., Mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA.
El Mecanismo REINICIA+ FAIIP DANA es una iniciativa de financiación destinada a empresas afectadas por la DANA, gestionada a través del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP), con una dotación total de 650 M€ y administrada por SEPIDES.
A continuación se destacan los aspectos más relevantes desde el punto de vista empresarial:
Beneficiarios: Podrán acceder a esta financiación las sociedades con personalidad jurídica propia, constituidas en España, que:
- Tengan su domicilio fiscal o establecimiento industrial en los municipios afectados o, en caso contrario, realicen en ellos el proyecto industrial.
- Desarrollaran actividad industrial antes del 28 de octubre de 2024 y que ha desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha 28 de octubre de 2024.
- No pertenezcan al sector público.
- No estén en situación de crisis financiera.
- No tengan deudas pendientes con la administración ni hayan sido sancionadas con pérdida de acceso a ayudas.
Las empresas deberán ser evaluadas favorablemente por SEPIDES y la Comisión de Evaluación en términos de viabilidad económica y técnica.
Líneas de financiación:
- PYME:
- Inversiones en nuevos establecimientos, ampliaciones, diversificación de producción o transformación del proceso productivo.
- Financiación de hasta el 75 % del gasto financiable, con un máximo de 12,38 M€ de subvención bruta equivalente.
- Intensidad de ayuda: 35 % para pequeñas empresas y 25 % para medianas.
- Grandes empresas (nueva actividad económica):
- Creación de un nuevo establecimiento con una nueva actividad económica en la zona afectada.
- Financiación hasta el 75 % del gasto financiable, con un máximo de 12,38 M€ de la subvención bruta equivalente.
- Intensidad de ayuda: 15%.
- Grandes empresas (establecidas en la zona afectada con daños):
- Inversiones en nuevos establecimientos, ampliaciones, diversificación de producción o transformación del proceso productivo.
- Financiación hasta el 100% del gasto financiable, cubriendo tanto costes de inversión como perjuicios sufridos (daños materiales y lucro cesante).
No se considerarán las inversiones de sustitución o reparación ni la mera adquisición de las acciones de una empresa.
Costes financiables
- Activos fijos materiales: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción o al proceso productivo, excluidos los elementos de transporte exterior y terrenos.
- Activos fijos intangibles: software específico vinculado al proceso productivo; patentes, licencias, marcas y similares; investigación y desarrollo, así como colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
- Adquisición de activos de empresas cerradas, siempre que no pertenezcan al mismo grupo empresarial.
Condiciones de los préstamos
- Importe: mínimo 200.000 € y máximo 40 M€.
- Plazo de devolución: hasta 10 años, con hasta 3 años de carencia.
- Tipo de interés: 0%.
- Método de amortización: trimestral, sistema francés.
- Sin comisión de apertura.
- Compatibilidad con otras ayudas, siempre que no se superen los límites de intensidad máxima permitidos por el RGEC.
Plazos y presentación
- Solicitudes hasta el 30 de noviembre de 2028 (31 de mayo de 2028 para proyectos bajo el artículo 50 del RGEC).
- Se presentan a través de la Plataforma del FAIIP, gestionada por SEPIDES: https://sepides.es/faiip-dana/
Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Se ha publicado en el BOE de hoy, el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, cuyas principales medidas en materia sociolaboral son las siguientes:
1) Normas relativas a la cuantía de las pensiones:
– Artículo 64 – Límite de la cuantía de las pensiones públicas.
Se establece un límite máximo de 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales para las pensiones públicas.
– Artículo 65 – Revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas.
Las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las de Clases Pasivas se revalorizarán un 2,8 % en 2025.
2) Normas relativas a la cotización:
– Artículo 66 – Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización en el Sistema de la Seguridad Social.
Se determinan las bases de cotización mínimas y máximas para el ejercicio 2025, así como la cotización adicional de solidaridad. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional se fija en 0,80 puntos porcentuales correspondiendo el 0,67 a la empresa y el 0,13 al trabajador.
– Artículo 68 – Modificación de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
Se regula la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y la cotización adicional de solidaridad en este Régimen Especial.
3) ERTES y Mecanismo RED: Exenciones en la cotización condicionadas al mantenimiento del empleo.
– Artículo 69 – Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Las exenciones en la cotización quedan condicionadas al mantenimiento del empleo durante un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años posteriores a la finalización del periodo de vigencia del ERTE.
4) Medidas en materia de empleo
– Artículo 71 – Medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas.
En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente Real Decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 31 de diciembre de 2025. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
5) Extensión de las medidas para la reconstrucción económica de la Isla de La Palma.
– Artículo 77 y Apartado 1ª de la Disposición Transitoria Única). Expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja.
Se prorrogan hasta el 30 de junio los ERTEs para los centros de trabajo El Paso, Llanos de Aridane y Tazacorte.
– Artículo 78 – Aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social.
Podrá solicitarse el aplazamiento de las cuotas correspondientes a los meses de diciembre de 2024 a mayo de 2025, en el caso de empresas, y a los meses de enero a junio de 2025, en el caso de trabajadores autónomos.
– Artículo 79 – Medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma.
Se extiende y regula la protección por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia afectados por la erupción del volcán de La Palma.
– Artículo 80. Artículo 80. Exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla, reguladas en el artículo 37 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio.
CIRCULAR Nº: 4561 ASUNTO: VENTAJAS EXCLUSIVAS PARA LOS COLEGIADOS EN LA PRÓXIMA EDICIÓN DE MADRIDJOYA, BISUTEX, INTERGIFT Y MOMAD.
CIRCULAR Nº: 4561
ASUNTO: VENTAJAS EXCLUSIVAS PARA LOS COLEGIADOS EN LA PRÓXIMA EDICIÓN DE MADRIDJOYA, BISUTEX, INTERGIFT Y MOMAD.
Estimados compañeros:
Los agentes comerciales colegiados podrán disfrutar de entrada gratuita y otras ventajas en una nueva edición de los salones MOMAD, MADRIDJOYA, INTERGIFT y BISUTEX que se celebran en IFEMA los próximos días 5 al 9 de febrero, gracias al convenio renovado por el Consejo General de Agentes Comerciales de España con la dirección de las ferias y la inestimable colaboración del Colegio de Agentes Comerciales de la Comunidad de Madrid.
Gracias a esta colaboración, durante esta edición de las ferias, podrán acudir a la Oficina del Agente Comercial, situada en el Pasillo Central de Ifema, junto al Pabellón 5, para acceder a sus servicios y ventajas. Los Agentes Comerciales Colegiados podrán acudir a estas ferias donde se dan cita las principales empresas de tu sector a nivel nacional, ahora ya pueden:
- Descargar tu propio pase gratuito para todo el certamen.
- Disfrutar de aparcamiento gratuito.
- Informarte de tus servicios y ventajas como colegiado.
- Encontrar nuevas representaciones y ofertas de empleo.
- Acceder a charlas y presentaciones.
Descarga tu pase gratuito
Sólo tienes que registrarte en este enlace, hacer click en Adquiere tu Pase e introducir en tu registro el siguiente Código de Invitación para obtener tu entrada gratuita para las cuatro ferias:
RE25CGAC
Aparca gratis en la feria
Acude a la Oficina del Agente Comercial (Pasillo Central de IFEMA, junto a Pabellón 5) para informarte de tus servicios y ventajas como colegiado y podrás recoger tu ticket de parking gratuito.
Solicítalo previamente rellenando este formulario para agilizar el proceso.
Recuerda que solo se puede retirar cada día un vale por colegiado, previa presentación por el interesado del ticket expedido en el aparcamiento y del carnet colegial digital. Sólo hasta fin de existencias.
Infórmate de tus servicios y ventajas
Infórmate en la Oficina del Agente Comercial (Pasillo Central de IFEMA, junto a Pabellón 5) de las ventajas y servicios que tienes como Agente Comercial Colegiado (en carburantes, seguros, formación, tecnología y banca) y accede a las promociones especiales de la feria.
Encuentra nuevas representaciones
Consulta las ofertas de empleo de los expositores de la feria que buscan profesionales de la venta en la Oficina del Agente Comercial (Pasillo Central de IFEMA, junto a Pabellón 5).
Accede a charlas y presentaciones
El jueves 6 de febrero a las 18h en el Speaker Corner de IFEMA presentamos La Inteligencia Artificial en el mundo de las ventas. Descubre cómo vender más y mejor con la IA.
El viernes 7 de febrero a las 18 horas presentamos la ponencia Te ayudamos a vender. Descubre cómo utilizar Agentes Comerciales para abrir nuevos mercados y posicionar tus marcas.
INTERGIFT
Fechas: Del 5 al 8 de febrero de 2025.
Horarios: De 10:00 a 19:00 horas.
MADRIDJOYA – BISUTEX.
Fechas: Del 6 al 9 de febrero de 2025.
Horarios: De 10:00 a 19:00 horas (el último día hasta las 18:00 horas)
MOMAD
Fechas: Del 7 al 9 de febrero.
Horarios: De 10:00 a 19:00 horas (el último día hasta las 18:00 horas)
Lo que se comunica a todos los Colegios en Madrid, a dieciséis de enero de dos mil veinticinco.
Consejo General de Agentes Comerciales de España
C/ Goya 55 – Madrid
Tel: 914 36 36 70 secretaria@cgac.es
www.cgac.es
AYUDA DIRECTA DE GVA DE 3000.- € A LOS AUTONOMOS
Estimados Compañeros,
ATA en colaboración con COACValencia, han destacado sobre manera en la petición y consecución de las siguientes ayudas que os sugerimos que pidáis de forma urgente:
Os recordamos que el plazo para solicitar la ayuda directa de la Generalitat Valenciana de 3000€ a los autónomos sin asalariados afectados por la DANA expira el próximo lunes 16 de diciembre a las 15:00 horas
A fecha de hoy, la ayuda solo la han solicitado 8.500 autónomos de los 30.000 previstos.
Si has sido afectado por la DANA pide la ayuda YA, sin más demora.
Esta línea de ayudas por una partida de 90 millones de euros, destinada a cubrir las necesidades de los autónomos afectados por la DANA está dirigida a trabajadores por cuenta propia sin empleados a cargo.
Las ayudas, concedidas con fondos de la Generalitat, serán de 3.000 euros por autónomo beneficiario, a fondo perdido, y se espera alcanzar hasta 30.000 personas de 75 municipios diferentes.
Estas ayudas se suman a los 5.000 euros que concede el Gobierno central.
La concesión, se realizará de manera ‘express’, por medio de la declaración responsable del solicitante, a fin de limitar la burocracia para reducir la demora en el proceso.
Las ayudas, recién aprobadas por el Consell, serán gestionadas por LABORA, el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, ampliando el paquete de ayudas orientado a los trabajadores por cuenta propia.
Los autónomos que las soliciten ,tendrán que estar dados de alta en la Seguridad Social o en alguna mutualidad, figurar en el IAE, y tener el lugar de trabajo en los territorios perjudicados por el desastre natural de la DANA. También estarán disponibles para las personas autónomas que formen parte de comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica.
Las solicitudes se tendrán que tramitar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat.
A continuación, te adjuntamos el enlace para que la puedas solicitar:
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=102073
El objetivo principal es que estas ayudas lleguen a los autónomos «cuanto antes», para que puedan disponer de ellas cuando más las necesitan.
Aprovechamos esta comunicación para recordarte, si lamentablemente estas afectado por esta situación. que el Colegio aprobó en la pasada Junta de 29 de Noviembre, la exoneración de las cuotas de los dos primeros trimestres de 2025,a aquellos perjudicados con la pérdida de su vehículo ,simplemente aportando la documentación aportada ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
LA JUNTA DE GOBIERNO
Novedades 10 Diciembre 2024 (OFYDES)
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