CORONAVIRUS: Prestaci贸n de riesgo durante el embarazo o lactancia natural

COMUNICADO CONFEDERACI脫N EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

La Direcci贸n General de Ordenaci贸n de la Seguridad Social (DGOSS) ha emitido una circular por la que establece un criterio de actuaci贸n com煤n con respecto a casos de trabajadoras beneficiarias de una prestaci贸n de Riesgo durante el embarazo o lactancia natural, ya que no se ha regulado la excepci贸n a la suspensi贸n de este subsidio, en aquellos casos de trabajadores incluidas en un ERTE de suspensi贸n de la relaci贸n laboral, previsto en el Real Decreto-ley 11/2020.

El documento considera dos posibles supuestos:

TRABAJADORA QUE SE ENCUENTRA EN RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O LACTANCIA NATURAL (RE/RLN) Y SE INCLUYE DENTRO DE UN ERTE:

a) ERTE con suspensi贸n total de la actividad

Suspensi贸n temporal de la prestaci贸n y no procede continuar percibiendo la prestaci贸n de RE/RLN, puesto que el riesgo ha cesado. El subsidio se rehabilitar铆a al finalizar el ERTE, salvo extinci贸n por duraci贸n u otra causa.

b) ERTE con reducci贸n de jornada

La prestaci贸n se suspender铆a en aquella parte en que se ha reducido la jornada por ERTE y se inicia la percepci贸n de la prestaci贸n del desempleo por el porcentaje establecido. Percibir铆a subsidio RE/RLN por el tiempo que tuviera que trabajar.

TRABAJADORA QUE SE ENCUENTRA INCLUIDA EN UN ERTE CON REDUCCI脫N DE JORNADA E INICIA UNA PRESTACI脫N POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O LACTANCIA NATURAL.

Esta situaci贸n solo ser铆a posible en el caso de que el ERTE contemple la reducci贸n de jornada, ya que en el caso de suspensi贸n total de la jornada no puede existir riesgo.

En el supuesto de trabajadoras a tiempo parcial, podr铆a compatibilizar la prestaci贸n de desempleo que le corresponda por el ERTE con la prestaci贸n de RE/RLN, teniendo en cuenta solo el tiempo en que no tiene reducida la jornada por el ERTE.

Circular DGOSS Prestaci贸n Embarazo o Lactancia ERTEs