CONVOCATORIA ELECCIONES 2014 – COLEGIO OFICIAL DE AGENTES COMERCIALES DE VALENCIA

Siguiendo instrucciones del Consejo Valenciano de Colegios de Agentes Comerciales según acuerdo de su Pleno de fecha 26 de Mayo de 2014 el próximo día 31 DE OCTUBRE DE 2014, en la sede de este Colegio Oficial de Agentes Comerciales, sita en Valencia en la Calle Cronista , n° 5-3ª desde las 1O horas hasta las 17 horas, y coincidiendo, según establece el articulo 28 en relación con el 39, ambos del Estatuto del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Valencia, en Junta General Ordinaria, se celebrarán las ELECCIONES para la renovación parcial de los miembros de la Junta de Gobierno, actualmente los puestos a cubrir es el de cinco vocales. La renovación alcanza a aquellos cargos o miembros de la Junta de Gobierno que fueron elegidos hace cuatro años, aunque con posterioridad hayan sido cubiertos, por entenderse en tal caso que esa elección o designación tuvo lugar exclusivamente para el periodo de tiempo que restaba hasta la fecha normal de renovación por finalizar el periodo para el que fueron elegidos.

PULSAR AQUÍ PARA VER LAS NORMAS POR LAS QUE SE VAN A REGIR LAS PRESENTES  ELECCIONES

TODO LISTO PARA LA GRAN CITA DEL SECTOR VERDE.

Todo está listo para la 43ª edición de Iberflora «United Green» que acogerá toda la oferta del sector verde , un total de 600 expositores ,100 de los cuales nuevos, presentarán sus novedades y cerca de 80 actividades (conferencias,talleres,desfiles etc) llenarán la agenda de los más de 25.000 profesionales que se darán cita del 1 al 3 de Octubre en Feria Valencia en coincidencia con las ferias de EUROBRICO, VEGETAL WORLD y ENCAJA …

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RENOVACIÓN DEL ACUERDO ENTRE EL COLEGIO DE AGENTES COMERCIALES Y ADESLAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS MISMAS TARIFAS DEL 2014 PARA EL 2015.

El Colegio de Agentes Comerciales de Valencia, ha renovado el acuerdo con la Compañía ADESLAS, para mantener las mismas tarifas del Seguro Médico de Salud del año 2014 para el año 2015, para todos sus Colegiados y Familiares.

Para todo el Colectivo y familiares que tengan Seguro Médico en otras Compañías, podrán acogerse a este Convenio pasando con todos los derechos adquiridos salvo preexistencias.

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SALON PUERICULTURA MADRID 2014

Los próximos días 2 a 5 de octubre, tendrá lugar, en los recintos feriales de Madrid, IFEMA, el Salón PUERICULTURA MADRID 2014.

Los colegiados interesados en asistir pueden acceder a la invitación entrando con sus claves en la extranet de colegiados y pinchando en el enlace correspondiente que figura en el menú de la izquierda bajo el título “Puericultura Madrid”, siguiendo los pasos que se indican.

Una vez realizada la pre-inscripción, el colegiado deberá presentar su carnet colegial en la Feria.

Además de las ventajas que ofrece la Feria de Madrid, los colegiados tendrán derecho a una estancia de parking gratuita durante la FERIA.

El bono para el parking deberá ser solicitado en la Secretaría de la FERIA en la PRIMERA PLANTA. Entre los pabellones 6 y 8.

Micro Ayuda 80% Para Creación Paginas Web

La CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA EUROPEA – AMERICANA & AS, nos informa que está a tu disposición la Micro Ayuda del 80% para la creación y actualización de paginas web.

Programa Completo: Micro Ayuda 80% + Financiación 20% (Sin Bancos – Sin Financieras) + Creación del proyecto por nuestros expertos + Publicación Online.

…»Su Empresa Online»…Y Sin Letra Pequeña…».

Solicitud inmediata en la siguiente pagina web:

> InstitucionFerial.org – Sección: Solicitar Micro Ayudas

No dudes en solicitar mas información en los teléfonos de la organización abajo indicada.

INSTITUCION FERIAL DE EXPANSION INTERNACIONAL

( I N S T I T E X )

Samuel García

Subdirector de Nuevas Tecnologías I+D

Avenida Europa, 14 – Parque Empresarial la Moraleja

28108 Alcobendas – Madrid

Tel. 91.187.57.06 / 91.187.56.86. / 902.02.32.26.

REAL DECRETO-LEY 11/2014, DE 5 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL.

El Boletín oficial del Estado de pasado día 6 de septiembre de 2014, publicó un Real Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia concursal, cuyo objetivo es facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal. La norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y persigue dar solución a algunas carencias y problemas detectados en la fase concursal. En concreto, se establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación, y se eliminan los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.

Una de las principales novedades de esta norma es ampliar las posibilidades de extensión de los efectos del convenio a los acreedores disidentes y, en particular, a los acreedores privilegiados, en función de las mayorías que voten a favor. Respecto a los créditos privilegiados, sin modificar su clasificación, se crean cuatro clases diferenciadas, a efectos de la votación para la extensión del convenio, según se trate de acreedores laborales, públicos, financieros o el resto. Dentro de los créditos con privilegio especial, se redefine este como el 9/10 del valor razonable del bien o derecho sobre el que se ha constituido la garantía, una vez deducidas las deudas preferentes.

Los acreedores privilegiados, tanto generales como especiales, mantienen su capacidad de adhesión voluntaria al convenio, pero se introduce la posibilidad de que se puedan extender los efectos del convenio a los acreedores privilegiados disidentes. La condición es que voten a favor del mismo acreedores que representen el 60 por 100 o el 75 por 100 del pasivo de cada una de las clases de créditos ya mencionadas (laborales, públicos, financieros y resto), dependiendo de las medidas a aplicar.

Para los acreedores ordinarios se mantiene el régimen de aprobación de convenios ya existente, pero se introduce la posibilidad de extender a los disidentes, si vota a favor al menos el 65 por 100 del pasivo ordinario, las siguientes medidas: Esperas entre cinco y diez años; quitas superiores al 50 por 100; conversión de créditos en acciones o participaciones del deudor, o créditos participativos hasta diez años; transformación de deuda en cualquier otro instrumento financiero de características distintas; y cesión de bienes o derechos en pago de créditos, siempre que no resulten necesarios para la continuación de la actividad profesional o empresarial y que su valor razonable sea igual o inferior al crédito que se extingue o, en caso de ser superior, se reintegre la diferencia.

Además, los acreedores con garantía real, en caso de incumplimiento del convenio, pueden ejecutar separadamente su garantía y percibir, si lo cubre el bien dado en garantía, el importe de la deuda originaria.

Por último, se establece un mecanismo para permitir que las medidas de este Real Decreto Ley puedan aplicarse, por una sola vez, a los convenios adoptados al amparo de la legislación anterior, siempre que se den mayorías reforzadas (superiores a las exigidas para la aprobación del convenio) y que así lo apruebe un juez. Se excluirán de esta previsión a los acreedores de derechos públicos y laborales.

Si pese a todo, la empresa entra en liquidación, la norma establece una serie de mejoras respecto de los procedimientos actuales. Con el fin de facilitar la trasmisión de unidades productivas de bienes o servicios del deudor, se incorporan tres medidas. En primer lugar, se permite la transmisión de contratos y licencias sin el consentimiento de terceros (contrapartes y administración). También se hace posible la transmisión de unidades productivas libre de obligaciones de pago preexistentes, salvo que se acuerde lo contrario o que lo disponga así la Ley como es el caso de salarios y obligaciones con la Seguridad Social. Finalmente, se permite la venta de unidades productivas con bienes dados en garantía, donde se elimina el consentimiento del acreedor, si el adquirente ocupa el lugar del deudor o si percibe el valor de la garantía.

Por otro lado, el Real Decreto Ley crea una comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento, con funciones de seguimiento de las medidas adoptadas por esta norma. La comisión elaborará un informe anual sobre la efectividad de las medidas y sobre la evolución del endeudamiento del sector privado y sus implicaciones macroeconómicas. Asimismo, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su enajenación.

ESIC Valencia te invita a la Conferencia: El Comercio del Futuro, la Oportunidad Omnicanal.

Hemos quitado la «e» al «e-commerce» y ahora hablamos de comercio. Las empresas que no adopten una estrategia omnicanal perderán una valiosa oportunidad de negocio. ¿Las ventas en canales online canibalizan o complementan la venta en tienda? ¿Quién es el súpercomprador? ¿Cómo pueden los comercios aumentar su negocio local o internacionalmente gracias a Internet?

 Durante la sesión veremos los resultados de un estudio realizado para eBay dónde se cuantifica el incremento de las ventas en las empresas que llevan a cabo estrategias omnicalanes y como estas nuevas tendencias afectan a las estrategias de ventas y marketing.

Jueves 25 de septiembre 19:00 horas. Salón de Actos ESIC

Susana Voces.

Directora de Ventas de eBay Inc.

Asistencia gratuita. Aforo limitado. Imprescindible inscripción.

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Próximas Novedades Feria Valencia.

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La feria ENCAJA mostrará la más reciente tecnología en almacenaje y distribución para empresas y puntos de venta los días 1 y 2 de octubre.

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